Procesal Constitucional
Es una institución por medio de la cual el Organismo Ejecutivo puede tener cierto control al momento de la creación de leyes según el Art. 176 dentro de un plazo de quince días elEjecutivo deberá de sancionar y promulgar el proyecto de ley, posteriormente se deberá de devolver este proyecto al Congreso de la República con las observaciones que considera oportunas, seguidamentesi el Consejo de Estado ya hubiere emitido su opinión al respecto el Congreso deberá ratificar con el voto de las dos tercera partes de sus miembros, el Ejecutivo deberá sancionar y promulgar la leyen los próximos ocho días después de haberla recibido , y se procederá a su publicación para que surta efectos como ley en toda la República. Si las observaciones del Ejecutivo no hubieren sidoaceptadas por el Congreso, el proyecto de ley se dejara para el periodo siguiente.
Interpelación ministerial
Esta institución se incorpora a nuestro derecho constitucional en 1945 y se mantiene en laConstitución 1965, esta se origina a partir del asentamiento de las reformas liberales a finales del siglo pasado e inicios del presente, según la Constitución en sus artículos 202 y 203. Los ministrosestán obligados a asistir al congreso para responder a las interpelaciones que se les formulen durante su gobierno, se exceptúan al Ministro de la Defensa y al de Relaciones Exteriores para evitar quecontesten preguntas en materia de seguridad nacional o de relaciones internacionales.
Con la interpelación se deriva el voto de falta de confianza el cual debe ser solicitado por lo menos por ochodiputados, esto se da debido a que se considere que hay actos censurables al Ministro, el interpelado podrá recurrir al Congreso dentro de un plazo de ocho días, si no lo hiciera se le separará de sucargo, la ratificación del voto de falta de confianza se debe de hacer por la mayoría calificada de dos tercios de diputados que integran al Congreso al hacer esto se tendrá que aceptar la renuncia del...
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