Proceso Arbitral Vs Procedimeintio Administrativo Sancionador En Las Contratciones Del Estado
PROCESO ARBITRAL vs PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EN LAS CONTRATACIONES CON EL ESTADO.
PRESENTANTE: MIGUEL ALBERTO JESÙS PUCH CÒRDOVA
INTRODUCCIÒN
He creído necesario desarrollar la presente Monografía, para tratar un tema trascendente que se ha presentado en más de una oportunidad durante la Aplicación de una Sanción a un Contratista y el derecho de este a solicitar elinicio de un Arbitraje por una controversia referida a la causal de imposición de Sanción de parte del Tribunal de Contrataciones del Estado. Es finalidad de esta Monografía, establecer pautas que permitan readecuar la normativa de las Contrataciones del Estado para evitar que exista doble pronunciamiento sobre una misma controversia Contractual, que a la par, estos pronunciamientos sean totalmentecontradictorios.
El Tribunal de Contrataciones del Estado en diversos Pronunciamientos al respecto, ha interpretado erróneamente (a mi parecer) el artículo 244 del Reglamento de la Ley de las Contrataciones del Estado, referido a la suspensión del plazo de prescripción de las sanciones, estableciendo que el procedimiento Sancionador se suspende con la instalación del árbitro o Tribunal Arbitral;cuando, considerando que esta norma no acepta interpretaciones extensivas ni analógicas al respecto, debemos considerar que lo puntualizado en este artículo es estrictamente aplicable para computar los plazos de prescripción de sanciones, y NO al inicio en sí del Proceso Arbitral, que según la Ley General de Arbitraje, se da con la presentación de la Solicitud de Arbitraje cursada a la otraparte; pues no se considera que la demora en la Instalación del Tribunal Arbitral o Árbitro Único muchas veces se puede deber a la omisión de parte de la Entidad en la designación de su Arbitro de Parte, con lo cual el Contratista se ve obligado a solicitar tal designación al OSCE, lo que además presupone una espera mayor a la establecida en el TUPA de dicha Institución y a la conocida demora de queesta notifique su decisión a las partes y que estas puedan o NO estar de acuerdo, para que recién a raíz de la aceptación de ambas partes y lógicamente de la del Arbitro designado, se proceda a solicitar que sea la propia OSCE la que señale fecha y hora para la Audiencia de Instalación del Tribunal Arbitral o Árbitro Único, la cual, considerando su recargada agenda, señala fecha para un plazo quede seguro no será antes de los 20 u 30 días hábiles.
Bajo este contexto, se desprende claramente que a un Contratista le toma más de tres meses para obtener la tan ansiada Instalación del Tribunal Arbitral y de esta manera lograr que se suspenda el Proceso Sancionador iniciado en su contra; cuando, en la práctica y en la normativa se establece que el Tribunal de Contrataciones del Estado debeemitir su pronunciamiento en un plazo máximo de tres meses; con lo que se puede concluir que en muchos casos (por no decir en la mayoría), se llega aplicar la sanción correspondiente, cuando aun la Instalación del Tribunal Arbitral sigue en trámite, muchas veces, como consecuencia de la excesiva demora de la propia OSCE. Lo correcto sería que, al ya haberse aplicado Sanciòn al Contratista por partedel Tribunal del OSCE, y una vez ya instalado el Tribunal Arbitral, debería suspenderse dicha Sanción, (pues ya no cabe que se suspenda el proceso sancionador en sí) hasta que el Tribunal Arbitral emita Pronunciamiento respecto a la Controversia surgida en la ejecución del Contrato y de esta manera no se perjudique al Contratista en caso que el Laudo Arbitral sea contradictorio alPronunciamiento emitido por el Tribunal de Contrataciones del Estado, lo cual no significaría otra cosa que un doble pronunciamiento sobre un mismo caso, sin considerar que la competencia para dirimir el fondo de la Controversia recae única y exclusivamente en el Tribunal Arbitral ò Árbitro Único.
En el presente trabajo no se hace citas bibliográficas, solo se cita normas legales aplicables, toda vez que...
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