proceso penal venezolano
Artículo 1º. Juicio previo y debido proceso: Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, oral y público, realizado sin dilaciones indebidas, ante un juez o tribunal imparcial, conforme a las disposiciones de este Código y con salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso,consagrados en la Constitución de la República, las leyes, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.
El debido proceso se traduce en la facultad de toda persona de interesarse en el proceso penal que contra ella se haya abierto, así como también de llevar a cabo las actividades procesales necesarias para probar la falta de fundamento o cualquier circunstancia queatenúe la potestad que contra él ejerce el Estado.
Artículo 3º. Participación ciudadana. Los ciudadanos participarán en la administración de la justicia penal conforme a lo previsto en este Código.
La participación ciudadana es la incorporación de la ciudadanía en la función de administrar justicia, en comunidades o grupos, por lo que los ciudadanos como tal desde tiempos más remotos siemprehan tenido una participación directa dentro de las decisiones del pueblo para lo cual se han creado normas jurídicas que regulen su participación en la administración de justicia. En consecuencia se implementó la participación ciudadana en el Código Orgánico Procesal Penal la cual establece que todo ciudadano tiene el derecho de participar como escabino, en el ejercicio de la administración de lajusticia penal. De esta forma los ciudadanos tienen derecho a ser juzgados por sus iguales e igualmente participan en el acto de administrar justicia.
Artículo 7º. Juez natural. Toda persona debe ser juzgada por sus jueces naturales y, en consecuencia, nadie puede ser procesado ni juzgado por jueces o tribunales ad hoc. La potestad de aplicar la ley en los procesos penales corresponde,exclusivamente, a los jueces y tribunales ordinarios o especializados establecidos por las leyes, con anterioridad al hecho objeto del proceso.
El Derecho del juez natural consiste en la necesidad de que el proceso sea decidido por el juez ordinario predeterminado por la ley.
Artículo 8º. Presunción de inocencia. Cualquiera a quien se le impute la comisión de un hecho punible tiene derecho a que sele presuma inocente y a que se le trate como tal, mientras no se establezca su culpabilidad mediante sentencia firme.
La presunción de inocencia implica que a todo procesado se le considera inocente mientras no se pruebe su culpabilidad, es decir, hasta que no se exhiba prueba en contrario y queda el acusado en condición de sospechoso durante toda la tramitación del proceso, hasta que se expidala sentencia definitiva.
Artículo 9º. Afirmación de la libertad. Las disposiciones de este Código que autorizan preventivamente la privación o restricción de la libertad o de otros derechos del imputado, o su ejercicio, tienen carácter excepcional, sólo podrán ser interpretadas restrictivamente, y su aplicación debe ser proporcional a la pena o medida de seguridad que pueda ser impuesta.
Lasúnicas medidas preventivas en contra del imputado son las que este Código autoriza conforme a la Constitución.
Según este artículo se reafirma el derecho a la libertad, por lo que el Estado está en el deber de proteger este derecho esencial por medio del cual se ven garantizados el ejercicio y disfrute de los demás derechos civiles de los ciudadanos.
Artículo 10. Respeto a la dignidad humana.En el proceso penal toda persona debe ser tratada con el debido respeto a la dignidad inherente al ser humano, con protección de los derechos que de ella derivan, y podrá exigir a la autoridad que le requiera su comparecencia el derecho de estar acompañada de un abogado de su confianza. El abogado requerido, en esta circunstancia, solo podrá intervenir para garantizar el cumplimiento de lo...
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