proceso penal
Un proceso inspirado en el principio acusatorio separa la función acusatoria del tribunal y la adjudica a otro sujeto, que en proceso se le denomina sujeto activo de larelación procesal, comúnmente conocido como acusador.
Acusador
Acusador privado : es el sujeto de derecho privado ( no público) que se encuentra legitimado para comparecer comosujeto activo en el proceso. O bien es la persona ofendida por un delito que presenta una querella criminal ejerciendo una acción penal y personándose en la causa
Acusador público: estosaparecen cuando el estado desempeña otro papel en la historia y autoriza sus propios agentes, como sujetos activos del proceso.
A. Acusador exclusivo es propio de un sistema totalitario,donde el sujeto público se le monopoliza la legitimación activa en el proceso, bajo este sistema se excluye toda intervención del sujeto privado, y el acusador obra solo bajo ladirectriz del estado y sus gobernantes.
Nuestra legislación establece al ministerio público como único acusador exclusivo y sujeto activo del proceso penal.
MINISTERIO PÚBLICO
Lainstitución unitaria y jerárquica dependiente del organismo ejecutivo, que posee como funciones esenciales las de persecución de los delitos y el ejercicio de la acción penal; intervención enotros procedimientos judiciales para la defensa de intereses sociales, de ausentes, menores e incapacitados, y finalmente, como consultor y asesor de los jueces y tribunales.
Tantonuestros sujetos activos como pasivo tienen capacidades como son:
CAPACIDAD DE SER PARTE: es la capacidad para ser demandado y demandante, esta capacidad se adquiere con elnacimiento y se extingue con la muerte.
CAPACIDAD PROCESAL ( CAPACIDAD PARA COMPARECER): en este tipo de capacidad se reconoce la facultad para realizar los actos por sí mismos, un menor...
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