Proceso Penal
REGLAMENTO INTERNO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA ECONOMÍA COMUNAL
Gaceta Oficial Nº 38.945 del 4 de junio de 2008
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA COMUNAL
DESPACHO DEL MINISTRO
DIRECCIÓN GENERAL DE LA OFICINA DE CONSULTORÍA JURÍDICA
NÚMERO: 062
Caracas, 03 de junio de 2008
198º y 149º
RESOLUCIÓN
ElMinistro del Poder Popular para la Economía Comunal, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto N° 5.106 de fecha 8 de Enero de 2007, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.600, de fecha 9 de Enero de 2007, de conformidad con lo establecido en la Disposición Final Primera del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la EconomíaComunal, por Disposición del ciudadano Presidente de la República, resuelve dictar el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ECONOMÍA COMUNAL
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1
El presente Reglamento Interno tiene por objeto desarrollar en forma adecuada el Reglamento Orgánico del Ministerio, las competencias que por ley le están atribuidas,así como las establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública.
Artículo 2
El Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal estará integrado por el Despacho del Ministro, el Despacho del Viceministro de Formación y Desarrollo Comunal, conformado por las Direcciones Generales de: Superintendencia Nacional de Cooperativas, Investigación para la Economía Comunal, de Formacióny Capacitación; el Despacho del Viceministro de Proyectos para la Economía Comunal conformado por las Direcciones Generales de: Proyectos y de Supervisión de obras de los Núcleos de Desarrollo Endógeno y el Despacho del Viceministro de Financiamiento y Asistencia a la Comercialización Comunal conformado por las Direcciones Generales de: Programas de Financiamiento y de Asistencia yComercialización; la Dirección del Despacho, la Consultoría Jurídica, Auditoría Interna y las Oficinas, a saber: para la Economía Popular, de Atención al Ciudadano, de Cooperación Nacional e Internacional, de Planificación y Presupuesto, de Recursos Humanos, de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas, de Administración y Servicios, de Sistemas y Tecnología de Información, y de Gestión Comunicacional y lasdemás que estén expresamente reglamentadas, así como las que sean de rango inferior a las aquí mencionadas, mediante resoluciones internas dictadas por el Ministerio del Poder Popular para la Economía Comunal.
Capítulo II
Sección I
De la Dirección del Despacho
Artículo 3
A la Dirección del Despacho le corresponde brindar soporte y atención directa a la gestión de la Ministra oMinistro del Poder Popular para la Economía Comunal y tendrá las siguientes funciones:
1. Coordinar, preparar y tramitar la Agenda de todos los asuntos que la Ministra o Ministro juzgue conveniente atender personalmente, así como la correspondencia para su firma.
2. Coordinar todas las materias que la Ministra o Ministro disponga llevar para la cuenta al Presidente, al Consejo de Ministros, alGabinete Ministerial y a las Comisiones y Comités Presidenciales o Interministeriales de las cuales forme parte la Ministra o Ministro.
3. Coordinar todo lo referido a las materias a ser consideradas en las interpelaciones, a las cuales sea convocada o convocado la Ministra o Ministro por la Asamblea Nacional.
4. Preparar las actividades oficiales de la Ministra o Ministro en coordinacióncon la Oficina de Gestión Comunicacional e informar sobre el particular a las Viceministras o Viceministros.
5. Recibir y clasificar las cuentas preparadas por los Viceministros o Viceministras, Directores Generales y Presidentes de los entes adscritos.
6. Coordinar las unidades de asesoría, apoyo y control del Ministerio.
7. Las funciones que por delegación le confiera la Ministra...
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