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ACTORA: COMUNICACIONES NEXTEL DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
JUCIO DE NULIDAD: 5795/14-17-04-2
TÉRMINO: 19 DE MAYO DE 2014.
ASUNTO: SE CONTESTA AMPLIACIÓN DE DEMANDA
México, D. F. a 15 de Mayo de 2014.
H. CUARTA SALA REGIONAL METROPOLITANA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.
Insurgentes Sur 881, Colonia Nápoles
C.P. 03810, México,D.F.
M.D. LUIS FERNANDO MÉNDEZ BELTRÁN, EN MI CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL DE LO CONTENCIOSO Y DE RECURSOS DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, personalidad que acredito al amparo del nombramiento hecho por la Procuradora Federal del Consumidor, de fecha 16 de febrero de 2014 registrado con el número 277, foja 93 del libro segundo ante el Tribunal Federal de Justicia FiscalAdministrativa, con fundamento en los artículos 5° tercer párrafo y 68 tercer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 4° fracción XVII y 17 fracción XXIII del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor, y 12 fracciones I, II y III del Estatuto Orgánico de la Procuraduría Federal del Consumidor, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y oficios elubicado en Av. José Vasconcelos 208-10º Piso, Colonia Condesa, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06140, en la Ciudad de México, D.F., autorizando para los mismos efectos en términos del artículo 5°, último párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a las y los Delegados: Hilda Beatriz Galván Ceballos, Liliana Ulloa Aguilera, Rodrigo González Lara, Lizzete María Rodríguez Oliver,Verónica Leticia Sotomayor Lugo, Hugo Ojeda Amador, Jaime Castillo Colin, Jenny Karina Meza Villar, Juan Adán Vargas Martínez, Héctor Flores Pedraza, Isaí Rivera Peña, Martha Roa Gudiño, Erika Aldama Hernández, Virginia Pérez Ramos, Rosalía Paredes Fragoso, Eva Martínez Morgado, Enrique Huitron Ledesma, Alondra Montoya Fernández, Edgar Mendoza Hernández, María Elena Méndez López, Miriam GrossoGallegos, Iliane Minerva Cacho Moguel, Samaria Sosa Castro, Raymundo Nava Arriaga, Carlos Alberto Luna Molina, Miguel Ángel Islas Cabanzo, Jesús Ibarra Soria y Sergio Peña Flores para todos los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se autoriza únicamente para oír y recibir notificaciones a los y las pasantes en derecho: Claudia Medina Benitez, María Teresa González Torales, Ernesto FrancoParedes, David Medel Hernández, Fabiola Elvira Fuentes Becerril y Mónica Ángeles Villar, ante esta Sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa comparezco para exponer:
Estando dentro del término establecido en el artículo 58-6 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se da contestación a la ampliación de demanda promovida por COMUNICACIONES NEXTEL DE MEXICO,S.A. DE C.V., misma que se notificó por oficio No. 17-4-2-32764/14 de fecha 08 de Mayo de 2014, a esta Dirección el 12 de Mayo de 2014.
REFUTACIÓN A LA IMPROCEDENCIA DE LA CAUSAL DE SOBRESEIMIENTO
UNICO. Manifiesta mi contraria en el agravio primero, que la notificación del acuerdo de fecha 09 de Noviembre de 2009, no se llevó conforme a derecho razón por la cual la causal de improcedencia,no es procedente.
Lo manifestado por mi contraria es infundado en virtud de que la notificación de fecha 01 de Diciembre de 2009, se realizó cumpliendo con todas y cada una de las formalidades que para tal efecto establecen los artículo 35 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, e n relación con el artículo 104 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, ya que la misma serealizó con el C. FRANCISCO JAVIER GOMEZ GONZALEZ, en su carácter de Apoderado Legal personalidad que acreditó con la Escritura No. 20,087, expedida por el notario número 201 en el Distrito Federal, tal y como se acredita con la referida prueba la cual obra ya en autos, por tal razón la causal de improcedencia que se hizo valer e n el presente juicio resulta procedente, solicitándose se tenga por...
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