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Páginas: 5 (1198 palabras) Publicado: 2 de febrero de 2015
QUERELLAS DE LANZAMIENTO POR OCUPACIÓN DE HECHO SON COMPETENCIA DE LOS INSPECTORES DE POLICÍA
Cuando se trata de cursos o páginas web sobre administración municipal, uno de los aspectos menos analizados es el derecho policivo a pesar de la gran importancia social que éste tiene en la protección inmediata de los derechos fundamentales y en la salvaguarda o restablecimiento del orden público,siendo de especial preponderancia los llamados procesos ordinarios de policía que constituyen una de las pocas oportunidades en que legalmente se ha revestido a autoridades administrativas de funciones jurisdiccionales. En este portal abordaremos de vez en cuando este campo en cuyo ejercicio intervienen especialmente los señores inspectores de policía.

En nuestro ejercicio cotidiano hemos notadocomo actualmente se adelantan por parte de las inspecciones de policía y de los alcaldes municipales los llamados procesos de lanzamiento por ocupación de hecho y cómo tales procedimientos se siguen basando en el artículo 15 de la Ley 57 de 1905 y en su decreto reglamentario 992 de 1930 desconociendo que dichas normas hoy han sido retiradas del ordenamiento jurídico colombiano, tal como lo afirma laCorte Constitucional en la sentencia C-241 del 7 de abril de 2010.

En efecto, en dicha sentencia la Corte decide declararse INHIBIDA, por ausencia actual de objeto, para estudiar la exequibilidad del Artículo 15 de la Ley 57 de 1905, aduciendo que:

“Lo expuesto conduce a la Corte a concluir que si bien el Código Nacional de Policía no derogó expresamente el artículo 15 de la Ley 57 de 1905,si operó una subrogación y modificación de los alcances de la norma, dado que el Decreto ley 1355 de 1970, reguló integralmente la materia a que se refería la disposición acusada, ampliando su objeto a todo tipo de perturbación sobre la posesión y la tenencia y autorizando la defensa del ocupante no sólo a partir de la demostración de la tenencia sino también de la constatación de cualquier otrotítulo que justifique válidamente la ocupación.”

“Desde una perspectiva eminentemente formal y en observancia del artículo 3° de la Ley 153 de 1887, según el cual, se estima “insubsistente una disposición legal por declaración expresa del legislador, o por incompatibilidad con disposiciones especiales posteriores, o por existir una ley nueva que regule íntegramente la materia a que la anteriordisposición se refiera”, es posible afirmar que la norma demandada es insubsistente, pues si bien fue subrogada también fue modificada y, en consecuencia, la Corte debe inhibirse de producir una decisión de mérito por carencia actual de objeto.”

La Corte reconoce que en ocasiones anteriores la norma ahora declarada insubsistente ha sido aceptada en sede de tutela y pone como ejemplo el falloT-203 de 1994, “… lo cual encuentra respuesta lógica en el hecho de que no es la acción de tutela la vía jurídica habilitada para plantear este tipo de análisis.”

Por otra parte, la Corte precisa que el procedimiento que en adelante habrá de adelantarse para activar la acción policiva cuando ocurra una ocupación de hecho, no es otro que el dispuesto en el Código Nacional de Policía “… que indicaque corresponde al Jefe de Policía verificar los actos de perturbación a través de una inspección ocular con participación de peritos y que en dicha diligencia se oirán tanto al querellado como al querellante, único momento que tienen las partes para probar sus derechos. Los demás aspectos procesales podrán cubrirse mediante la regulación general prevista en el Código en materia de lapresentación de la querella, los recursos, las notificaciones, la prescripción de la acción policiva y los demás aspectos propios de estos trámites.”

Igualmente, para llenar los vacíos al no existir un procedimiento especial para la acción policiva de perturbación en el Código Nacional de Policía, es posible aplicar en subsidio el procedimiento establecido en los códigos departamentales y distritales...
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