profesor
Del Trámite Administrativo
TITULO I
De la iniciación del procedimiento administrativo
Capítulo I
Disposiciones generales
15.
El procedimiento administrativo podrá iniciarse a petición de persona interesada o de oficio. En este último caso la autoridad competente puede actuar por disposición de su superior, por propia iniciativa, a instancia fundada de los correspondientesfuncionarios o por denuncia.
16.
Iniciado el procedimiento, la autoridad competente para resolverlo podrá adoptar las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existieren elementos de juicio suficientes para ello.
No se podrán dictar medidas provisionales que puedan causar perjuicios graves o irreparables.
17.
Si de la peticiónresultara que la decisión puede afectar derechos o intereses de otras personas, se les notificará lo actuado a efecto de que intervengan en el procedimiento reclamando lo que les corresponde.
En el caso de comparecer, deberán hacerlo en la misma forma que el peticionario y tendrán los mismos derechos que éste.
18.
En caso de ser varios los interesados, podrán comparecer conjuntamente por mediode un solo escrito con el que ser formará un único expediente, o de un mismo formulario, según corresponda, siempre que pretendan un único acto administrativo.
Capítulo II
De la forma de los escritos
19.
Toda petición o exposición que se formule ante cualquier órgano administrativo, se efectuará en papel simple (florete, fanfold o de similares características), de acuerdo con lasespecificaciones contenidas en el artículo 44 del presente decreto.
Podrán utilizarse formularios proporcionados por la Administración, admitiéndose también los impresos que presenten las partes siempre que respeten las reglas referidas en el inciso anterior.
Asimismo las dependencias de la Administración Central podrán admitir la presentación de los particulares por fax u otras medios similares detransmisión a distancia, en los casos que determinan.
20.
Los apoderados y, en general, el que actúe en virtud de una representación, deberán expresar en todos sus escritos, la calidad de tales y el nombre o nombres de las personas o entidades que representan.
21.
Los particulares que efectúen gestiones ante la Administración, suscribirán sus escritos con su firma usual, repitiendo a máquina, sello omanuscrito tipo imprenta en el renglón o línea inmediatamente siguiente y debajo de la firma, sus nombre y apellidos, siempre que éstos no consten claramente en el exordio del escrito.
Cuando los particulares presenten documentos extendidos por terceros, en los cuales no se haya repetido a máquina, sello o manuscrito tipo imprenta las firmas que luzcan, el que lo presenta deberá establecer en elescrito de gestión que acompañe el instrumento, quién es el firmante.
Capítulo III
De la presentación y recepción de los escritos
22.
Todo escrito que se presente a las autoridades administrativas deberá acompañarse de copia o fotocopia firmada, la que será devuelta al interesado con la constancia de la fecha y hora de la presentación, de los documentos que se acompañan y de la oficinareceptora.
23.
En toda actuación administrativa, los documentos cuya agregación exijan las normas legales o reglamentarias correspondientes, o aquéllos que el gestionante agregue como prueba, podrán presentarse en fotocopia, copia fascímil o reproducción similar, cuya certificación realizará en el acto el funcionario receptor, previo cotejo con el original que exhibirá el interesado y que le serádevuelto una vez efectuada la certificación.
En caso de complejidad derivada del cúmulo o de la naturaleza de los documentos a certificar, la unidad de administración documental podrá retener los originales, previa expedición de los recaudos correspondientes al interesado, por el término máximo de cinco días hábiles, a efectos de realizar la certificación de las correspondientes reproducciones....
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