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Los ciudadanos de manera individual o colectiva pueden vigilar los actos de la administración pública, desde la toma dedecisiones en la etapa de planeación o precontractual, hasta la ejecución de los recursos de inversión del Estado. La Ley 489 de diciembre de 1998, señala en el capítulo octavo, Artículo 32, sobreDemocratización y control social de la administración pública, que: “Todas las entidades y organismos de la administración pública tiene la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principiosde democracia participativa y democratización de la gestión pública. Para ello, podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de lasociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública”
• Audiencias Públicas.
• Ejercicio del Control Social de la Administración.
• Veeduría Ciudadana.Audiencias Públicas: Es un mecanismo de información a través del cual la administración pública da a conocer a los ciudadanos su gestión y los resultados de la formulación, ejecución y evaluación desus políticas y programas. Este mecanismo facilita la deliberación pública y la participación en la definición de asuntos de interés público, sin que la solicitud o las conclusiones de las audienciastengan carácter vinculante para la administración.
Ejercicio del control social de la Administración: Es el derecho de los ciudadanos para que en defensa de los intereses o bienes públicos, a travésde mecanismos como las veedurías ciudadanas, y otros de iniciativa de los mismos ciudadanos, comunidades, organizaciones no gubernamentales, asociaciones gremiales, entre otras, ejerzan control sobrelas actividades y obras que ejecute la administración.
Veeduría Ciudadana: Es un mecanismo para el ejercicio de la vigilancia y control de la función pública, que se complementa con otros...
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