PROMO PERICIAL
GABRIELA SOLANES LAFARGA Y OTRA.
Vs.
INSTITUTO TECNOLOGICO DE GASTRONOMIA MARIA REYNA A.C. Y OTROSHONORABLE JUNTA ESPECIAL NUMERO UNO DE LAS DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO.
HECTORLEZAMA FERNANDEZ, promoviendo dentro de los autos del expediente al rubro indicado, ante esta Honorable Junta con todo respeto comparezco y digo:
Que visto el desahogo de la prueba de inspecciónofrecida por las partes el día 07 de diciembre del presente año y no obstante que esta Junta deberá de no tomar en cuenta los documentos exhibidos por la parte demandada ya que las firmas estampadasy objetadas en todos y cada uno de los documentos exhibidos no corresponden a las de las actoras en el presente juicio, y una vez que se han objeto en cuanto autenticidad de contenido y firma los doscontratos individuales de trabajo por tiempo indeterminado, las dieciocho tarjetas checadoras por cuanto hace a la actora Gabriela Solanes Lafarga, las diecinueve tarjetas chocadora de la actoraMaria Alejandra García Rodríguez, así como los dos recibos de pago de vacaciones del dos mil siete, y las veintiséis listas u nominas de pago exhibidas por el apoderado de la parte demandada, es por loque dentro del periodo concedido por la ley de la materia vengo por medio del presente escrito a ofrecer la prueba de reconocimiento de contenido y firma a cargo de las actoras GABRIELA SOLANES LAFARGAY MARIA ALEJANDRA GARCIA RODRIGUEZ; personas que deberán ser citadas por conducto de su apoderado el día y hora que tenga a bien señalar esta Junta para el desahogo de dicha probanza, misma que sedesahogara al tenor del interrogatorio que será formulado en el momento procesal, acautelan se ofrece la prueba pericial en grafoscopía, caligrafía, grafonometría y documentoscopia misma que estará a...
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