Pron 842 2015 HOSP REG DE ICA ADP 4 2014 adquisicion de oxigeno medicinal
Entidad: Gobierno Regional de Ica - Hospital Regional de Ica
Referencia: Adjudicación Directa Pública N° 4-2014-HRI-1, convocado para la contratación de bienes "Adquisición de oxigeno medicinal".
1. ANTECEDENTESMediante Oficio N° 3-2015-GORE-ICA-DRSI-HR/CE, recibido con fecha 30.07.2015, el Presidente del Comité Especial a cargo del proceso de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) las ocho(8) observaciones formuladas por el participante MESSER GASES DEL PERU S.A. así como el respectivo informe técnico, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.
Al respecto, resultaimportante resaltar que, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento, independientemente de la denominación que les haya dado el participante, este Organismo Supervisor se pronunciará únicamente respecto de: a) las observaciones presentadas por el solicitante que no hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente; b) las respuestas a las observaciones del solicitante que, pese a seracogidas, son consideradas por éste contrarias a la normativa; o, c) el acogimiento de las observaciones formuladas por un participante distinto al solicitante, cuando éste último manifieste que considera tal acogimiento contrario a la normativa, siempre que se haya registrado como participante hasta el vencimiento del plazo previsto para formular observaciones.
Con relación a las ocho (8)observaciones formuladas por el participante MESSER GASES DEL PERU S.A., cabe señalar que en la medida que las Observaciones N° 2, 3, 4, 6, 7 y 8 fueron acogidos por el Comité Especial, este Organismo Supervisor no se pronunciará al respecto, máxime si no han sido materia de cuestionamiento en su solicitud de elevación de observaciones. Ello, sin perjuicio de las observaciones de oficio que puedanrealizarse al amparo de lo previsto por el inciso a) del artículo 58° de la Ley.
2. OBSERVACIONES
Observante: MESSER GASES DEL PERU S.A.
Observaciones N° 1 y N° 5 Contra los documentos obligatorios
A través de la Observación N° 1, el participante cuestiona que se requiera en los documentos depresentación obligatoria la presentación del inserto del producto, pues sostiene que los productos que cuentan con registro sanitario vigente como insumos médicos, tal como sucede con el oxígeno medicinal, y que actualmente se encuentran en proceso de reinscripción como medicamentos no contarían con el inserto del producto debidamente autorizado por Digemid. En ese sentido, solicita que se elimine elreferido requisito.
En la Observación N° 5, el participante cuestiona que se solicite el registro sanitario del producto vigente, pues sostiene que la segunda disposición complementaria transitoria del D.S. 016-2011 referiría que las solicitudes de reinscripción en el registro sanitario de productos farmacéuticos que poseen registro sanitario con fecha de vencimiento hasta el 31 de diciembre de2013, seguirían produciendo efectos hasta el pronunciamiento de la autoridad nacional de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios sobre su solicitud, siempre que los interesados hayan presentado sus solicitudes de reinscripción con anterioridad al vencimiento de su registro, además refiere que el plazo de vencimiento habría sido prorrogado por la primera disposición...
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