Pronunciamiento Bn
Entidad: Banco de la Nación
Asunto: Licitación Pública Nº 0015-2008-BN, convocada para la “Adquisición de cajeros automáticos”
1. ANTECEDENTES
A través de la Carta C.E. Nº 208-2008, el Presidente del Comité Especial remitió a este Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) la observación única formulada por elparticipante DIEBOLD PERU S.R.L., así como el informe técnico respectivo, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en lo sucesivo la Ley, y el artículo 116° de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en lo sucesivo el Reglamento.2. OBSERVACIONES
Observante: DIEBOLD PERU S.R.L.
Observación Única: Contra los factores “Tipo de procesador” y “Capacidad de adicionar un segundo rollo de papel a la impresora de recibos”
El observante cuestiona las Bases del proceso dado que presentarían disposiciones técnicas que estarían orientadas a favorecer a un sólo proveedor y, por tanto, a una marca determinada.
Así, señalaque al establecer el factor “Tipos de Procesador” -mediante el cual se ha previsto asignar 2.5 y 5 puntos a los postores que oferten procesadores Pentium Dual Core y Core 2 Duo, respectivamente- y el factor “Capacidad de adicionar un segundo rollo de papel a la impresora de recibos” -mediante el cual se otorga 3 puntos por la oferta de la indicada característica- se estaría orientando el proceso aun proveedor determinado, el único en el mercado que podría cumplir con las especificaciones requeridas y obtener el máximo puntaje.
Consecuentemente, se contravendría los artículos 25º y 64º del Reglamento, y los principios de Libre Competencia y Trato Justo e Igualitario.
En tal sentido, solicita que se modifiquen las especificaciones técnicas cuestionadas a efectos que no sólo un postorpueda acceder al puntaje máximo, o que se reformule el puntaje otorgado.
Pronunciamiento
De conformidad con el artículo 64º del Reglamento, es facultad del Comité Especial establecer los factores mediante los cuales se evaluará las propuestas de los postores, observando criterios de objetividad, racionalidad, razonabilidad, proporcionalidad y congruencia con el objeto de la convocatoria.En el presente caso, de la revisión del Capítulo V de las Bases se advierte que en los numerales 2.1.4 y 2.6.8 se ha establecido los siguientes factores de evaluación:
|2.1 Características del procesador | |
| |Puntaje Individual|
|2.1.4 Tipo de procesador | |
|Pentium IV 0.000 | |
| |5,000 puntos|
|Pentium Dual Core 2.500 | |
|Core 2 Duo 5.000 | |
|2.6 Mejoras Tecnológicas | |
|| |
|2.6.8 Capacidad de adicionar un segundo rollo de papel a la impresora de recibos |3,000 puntos |
Sobre el particular, en cuanto al factor “Tipo de procesador”, se advierte que se habría previsto asignar puntaje a la oferta de procesadores Pentium Dual...
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