Propuesta ley universitaria
Artículo 21.
El Consejo Nacional de Transformación Universitaria tendrá las siguientes atribuciones:
1. Establecer mecanismos de participación protagónica de las comunidades universitarias y de las organizaciones del poder popular, en la transformación permanente de las instituciones universitarias, de sus estructuras yprogramas, en función de la consecución de los fines del Estado y de la educación universitaria.
2. Coordinar las acciones entre las instituciones universitarias para la implementación y seguimiento de las políticas emanadas del Ministerio con competencia en materia de educación universitaria.
3. Desarrollar programas y acciones interinstitucionales para la consecución de los propósitos delSubsistema.
4. Proponer ante el Ministerio rector la creación y autorización de gestión de programas de formación interinstitucionales e institucionales, así como proyectos y acciones estratégicas para el desarrollo del Subsistema de Educación Universitaria.
5. Debatir y elaborar propuestas sobre los asuntos estratégicos de la educación universitaria, con base al contexto nacional e internacional.6. Crear grupos de trabajo para el abordaje de temas estratégicos del desarrollo nacional desde la educación universitaria.
7. Sistematizar las propuestas de transformación universitaria surgidas de las comunidades universitarias y de las organizaciones del Poder Popular.
8. Servir de órgano de consulta del Ministerio con competencia en materia de educación universitaria, en la formulación delos programas y acciones estratégicas para el desarrollo de la educación universitaria.
9. Proponer modalidades de educación universitaria, a partir de las necesidades delos eje de desarrollo territorial
10. Orientar la vinculación interinstitucional de los Consejos Territoriales de Transformación Universitaria con otros organismos y entes públicos, en los ejes correspondientes.
11. Dictar sureglamento interno y de debates.
12. Las demás que le atribuya la ley, reglamentos y demás actos normativos.
Análisis:
La educación superior es un factor estratégico para la transformación social, la consolidación de la soberanía nacional y la construcción de una sociedad mejor. En consecuencia, en la realización de sus procesos de formación, creación intelectual y vinculación social estaráorientada al desarrollo humano integral y sustentable; el reconocimiento, la comprensión y el conocimiento de nuestra diversidad y potencialidades como país; la búsqueda de la justicia social, el combate de la pobreza y de todas las formas de exclusión social; la consolidación de la participación protagónica del pueblo venezolano, de la democracia participativa y de la ciudadanía democrática; laexpansión y la democratización de las capacidades educativas, científicas, tecnológicas y económicas de la nación; la seguridad alimentaria3; la conservación y enriquecimiento del patrimonio cultural; la garantía universal e indivisible de los derechos humanos; la democratización de la sociedad internacional; el equilibrio ecológico; la integración latinoamericana; el fortalecimiento de la condiciónhumana y los procesos que faciliten la paz, la comprensión y la colaboración entre los pueblos de todo el mundo.
Composición del Consejo Nacional de Transformación Universitaria
Artículo 22.
El Consejo Nacional de Transformación Universitaria estará compuesto por:
1. El Ministro o Ministra con competencia en materia de educación universitaria, quien lo presidirá y convocará.
2. LosViceministros o Viceministros del Ministerio con competencia en materia de educación universitaria.
3. Tres representantes ministeriales designados por el Vicepresidente Ejecutivo dela República.
4. Los coordinadores o coordinadoras de los Consejos Territoriales de Transformación Universitaria.
5. La máxima autoridad de cada una de las universidades oficiales.
6. La máxima autoridad de...
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