prosec
Definición:
Los Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) son un instrumento dirigido a personas morales productoras de determinadas mercancías, mediante los cuales se les permite importar con arancel ad-valorem preferencial (Impuesto General de Importación) diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, independientemente de que lasmercancías a producir sean destinadas a la exportación o al mercado nacional.
Beneficiarios:
Los beneficiarios del PROSEC son las personas morales que fabriquen las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto Prosec, empleando los bienes mencionados en el artículo 5 del propio Decreto.
Beneficios:
Las personas morales que fabriquen las mercancías a que se refiere el artículo 4 delDecreto PROSEC podrán importar con el arancel ad-valorem preferencial especificado en el artículo 5 del mencionado Decreto, diversos bienes para ser incorporados y utilizados en el proceso productivo de las mercancías señaladas.
Los bienes a importar y las mercancías a producir están agrupadas por sectores de la manera siguiente:
De la Industria Eléctrica
De la Industria Electrónica
Dela Industria del Mueble
De la Industria del Juguete, Juegos de Recreo y Artículos Deportivos
De la Industria del Calzado
De la Industria Minera y Metalúrgica
De la Industria de Bienes de Capital
De la Industria Fotográfica
De la Industria de Maquinaria Agrícola
De las Industrias Diversas
De la Industria Química
De la Industria de Manufacturas del Caucho y PlásticoDe la Industria Siderúrgica
De la Industria de Productos Farmoquímicos, Medicamentos y Equipo Médico
De la Industria del Transporte, excepto el Sector de la Industria Automotriz
De la Industria del Papel y Cartón
De la Industria de la Madera
De la Industria del Cuero y Pieles
De la Industria Automotriz y de Autopartes
De la Industria Textil y de la Confección
De laIndustria de Chocolates, Dulces y Similares
De la Industria del Café, y
De la Industria Alimentaria
Los beneficios del programa son únicamente respecto de los bienes a importar contenidos en el sector de que se trate, es decir, para la producción de una mercancía no podrá importarse un bien contenido en un sector diferente.
Los titulares de programas PROSEC podrán solicitar su incorporación anuevos sectores, siempre que acrediten elaborar los bienes de esos nuevos sectores.
Tipo de Programas
Productor Directo:
La persona moral que manufactura las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto, a partir, entre otros, de los bienes mencionados en el artículo 5 del mismo, según corresponda al sector.
Vigencia:
La vigencia de los programas será anual y se renovaráautomáticamente, una vez que los productores presenten el informe anual de las operaciones realizadas al amparo del programa, a que se refiere el artículo 8 del Decreto PROSEC.
Plazos de permanencia:
Cuando la importación de los bienes se realice adicionalmente utilizando un programa IMMEX, podrán permanecer en territorio nacional por los plazos establecidos en el artículo 108 de la Ley Aduanera.Cuando la importación se realice bajo el régimen de importación definitiva, podrán permanecer de manera indefinida.
Para ambos casos, el titular de un programa PROSEC, deberá destinar la mercancía importada a la fabricación de las mercancías comprendidas en los sectores que se le hubiese autorizado.
Compromisos:
Para gozar de los beneficios de un Programa PROSEC se deberá darcumplimiento a los términos establecidos en el Decreto en la materia y en el oficio de autorización del programa.
La autorización del Programa se otorgará conforme a las siguientes bases:
- Previamente a la emisión de la resolución que se emita para la autorización de un programa solicita opinión a la Administración Local de Recaudación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que le...
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