prosedimientos de facilidades de pago
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10.0004.09
La Paz, 2 de abril de 2009
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 55 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, faculta a la Administración Tributaria
a conceder facilidades de pago para el cumplimiento de obligaciones tributarias, en cualquier
momento, antes o después del vencimiento delos tributos e inclusive una vez iniciada la ejecución
tributaria.
Que el Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 27310 de 9 de enero de 2004, prevé las condiciones
para la concesión de facilidades de pago, disponiendo que la Administración Tributaria elabore las
disposiciones complementarias necesarias para su aplicación, emitiéndose al efecto la Resolución
Normativa de Directorio Nº 10-0004-04 de23 de enero de 2004 y la Resolución Normativa de
Directorio Nº 10-0042-05 de 25 de noviembre de 2005.
Que el Decreto Supremo No. 27874 de 26 de noviembre de 2004, modifica algunos artículos del
Decreto Supremo No. 27310, referentes al tratamiento de la reducción de sanciones por la
oportunidad de pago de la deuda tributaria.
Que las Resoluciones Normativas de Directorio No 10.0037.07 de fecha14 de diciembre de 2007 y
No. 10.0011.08 de 20 de marzo de 2008, establecen disposiciones relativas al procedimiento de
facilidades de pago.
Que se hace necesario contar con un texto ordenado, relativo al tratamiento de las facilidades de
pago, que incluye modificaciones en la presentación de garantías, tolerancias, aspectos técnicos
legales y otros para una mejor aplicación de esteprocedimiento tributario.
Que de acuerdo al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo No. 26462 de 22 de diciembre de
2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del
Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio;
en ese entendido, el inciso a) del numeral 1. de la Resolución Administrativa de DirectorioNo. 090011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la
urgencia del acto así lo imponga, para su posterior homologación.
POR TANTO:
La Presidenta Ejecutiva a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la
institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley No. 2492 de 2 de agosto
de 2003,Código Tributario, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo No. 26462 de 22 de
diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1. de la
Resolución Administrativa de Directorio No. 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002.
RESUELVE:
1
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- (Objeto) La presente Resolución Normativa de Directorio tiene por objetoagrupar en
un texto ordenado el procedimiento de facilidades de pago para deudas determinadas por la
Administración Tributaria como por el sujeto pasivo o tercero responsable, modificando y
actualizando las disposiciones, relativas a:
1.
2.
3.
4.
5.
Requisitos, garantías, forma de imputación.
Tolerancias en el cumplimiento de las cuotas de facilidades de pago.
Tratamiento de pagosanticipados y pagos en exceso.
Establecimiento de las garantías en efectivo.
Concesión de facilidades de pago en deudas establecidas en Vistas de Cargo, Actas de
Infracción, Autos Iniciales de Sumario Contravencional, Autos de Multa firmes, además de
señalar el procedimiento a seguir en estos casos.
Artículo 2.- (Aplicación) I. Los sujetos pasivos o terceros responsables podrán solicitarfacilidades de pago para todos los impuestos, salvo las excepciones previstas en el parágrafo
siguiente, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la presente Resolución.
II. Conforme lo dispuesto en el parágrafo II del Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 27310, los
sujetos pasivos o terceros responsables no podrán solicitar facilidades de pago por:
1. Régimen Complementario al Impuesto...
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