Proteccion al consumidor
Señores
CENTRO COMERCIAL PREMIUM PLAZA
Atn. Sr. John Henry Gallego Naranjo
Administrador General
La Ciudad
Asunto: Reclamo Cliente
Respetado Sr.Gallego:
Con ocasión de la inconformidad presentada por la señora Maryory Londolo D., quien mediante correo electrónico dirigido al Centro Comercial interpone una queja en contra del establecimientoque administro, aduciendo el cobro irregular de los helados que se comercializan en el establecimiento, me permito manifestar lo siguiente:
Carece de todo fundamento la apreciación de la quejosa,toda vez que muy por el contrario a lo manifestado por la señora en su reclamación, el valor de los helados siempre se factura y se hace efectivo el cobro por debajo del precio reportado una vez secontabiliza el peso total del producto adquirido.
Lo anterior implica que si por el peso del producto adquirido se reporta en la factura de venta un valor a título de ejemplo de $6.930, la personadel establecimiento encargada del cobro del valor del producto, cobrará efectivamente al cliente $6.900, es decir, el cobro efectivo se hace aproximando el valor a la centena más cercana. Enconsecuencia, el cobro del valor del helado en ningún momento perjudica al consumidor, puesto que este incluso llegará a cancelar por debajo del valor facturado.
Es importante señalar que tal como loestablece el Estatuto de Protección al Consumidor en su artículo 26, referente a la Información Pública de Precios, “El proveedor está obligado a informar al consumidor en pesos colombiano el precio deventa al público, incluidos todos los impuestos y costos adicionales de los productos. El precio debe informarse visualmente y el consumidor solo estará obligado a pagar el precio anunciado”.
Envirtud de la norma antes transcrita, en nuestro establecimiento se publica de manera visible para el consumidor, el valor del gramo del producto, es decir que el consumidor conoce a ciencia cierta antes...
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