Proteccion civil en la constitucion
Ministerio del Poder Popular para la Defensa
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
Licenciatura enAdministración y Gestión de Desastres
Defensa Integral
TRABAJO #2
Integrantes:
Ferreira Beatriz
Vieites Alejandro
Caracas, febrero de 2011
Introducción
Con el siguiente trabajo analizaremos elordenamiento jurídico en materia de Protección Civil y Administración de desastres, tomando como fuente principal algunos de los artículos de la constitución que hacen referencia a esta materia.
Tambiénexplicaremos las funciones principales de la Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, y para esto nos basaremos en el Decreto con Fuerza de Ley del Sistema Nacional deProtección Civil y Administración de Desastres, publicada bajo la Gaceta Oficial Extraordinaria #5.557, el martes 13 de noviembre de 2001, cuyo objeto es regular la organización, competencia,integración, coordinación y funcionamiento de la Protección Civil y Administración de Desastres a nivel nacional, estadal y municipal, y donde se define a esta organización como un conjunto dedisposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación y prevención, respuesta y rehabilitación de la ciudadanía anta los eventos desafortunados que puedan suceder.
Estos puntos serán explicados acontinuación.
1. Explique, mediante un análisis, los artículos de la constitución relacionados con PROTECCION CIVIL Y ADMINISTRACION DE DESASTRES.
La Constitución de la República Bolivarianade Venezuela, en el Título VII De la Seguridad de la Nación, establece:
Artículo #322:
La Seguridad de la Nación es competencia y responsabilidad del Estado, y su defensa es responsabilidad decada uno de los venezolanos, ya sean personas naturales o jurídicas que se encuentren dentro del país.
Artículo #326:
El Estado y la sociedad civil deben dar cumplimiento a los principios de...
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