PROTECCION CIVIL
PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACION DE DESASTRES
El 15 de diciembre de 1999, la Nueva Constitución Bolivariana de Venezuela establece que el Ejecutivo Nacional organizará: “unaOrganización de Protección Civil y Administración de Desastres” haciéndose este efectivo a partir del 2001 con el “Decreto con Fuerza de la Ley de la Organización Nacional de Protección Civil yAdministración de Desastres”. Según esta ley:
“Protección Civil es el conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres”.“La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres, está especialmente dedicada a prestar la asistencia por parte del Estado y a coordinar la participación ciudadana, frente a situacionesde desastres” “La Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”, tanto nacional, como en los niveles estadales y municipales, cada una de ellas y dentro del ámbito de su propiacompetencia territorial, están dedicadas a:
Ejecutar la Política Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres
• A garantizar la coordinación de los esfuerzos interinstitucionales
• Ladotación de recursos materiales y equipos
• El entrenamiento de personal de Protección Civil
• La realización de los programas educativos formales e informales, de preparación de la ciudadanía frente adesastres.
Esta Organización está conformada Nivel Nacional por:
- Un Comité Coordinador Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres: que dicta la Política Nacional, y es presididopor el Ministro del Interior y Justicia, como Secretario Permanente el Director Nacional de
Protección Civil y Administración de Desastres y conformado por un representante de cada Ministerio, delos Gobernadores. de los Alcaldes, del Consejo Nacional de Policías. de las Organizaciones No Gubernamentales y el
Coordinador Nacional de Bomberos.
-
• La Dirección Nacional de Protección Civil...
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