Proteccion De Riesgos
Artículo 4. A los efectos de este decreto Ley, se entiende por:
1. Desastre: todo evento violento, repentino y no deseado, capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad, produciendo grandes daños materiales y numerosas pérdidas de vidas humanas y que sobrepasa la capacidad de respuesta de losorganismos de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente sus consecuencias.
2. Emergencia: cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad, pudiendo generar víctimas o daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que puede ser atendido eficazmente con los recursos propios de los organismos de atenciónprimaria o de emergencias de la localidad.
3. Estado de Alarma: Es la declaratoria oficial, emitida por la primera autoridad civil del municipio, Estado o Nación, oída la opinión del Comité Coordinador de Protección Civil y Administración de Desastres respectivo, que permita la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales, con el objeto de reducir los efectos dañosos ante laocurrencia inminente de un fenómeno natural técnicamente previsto.
4. Estado de Emergencia: Es la declaratoria oficial emitida por la primera autoridad civil del Municipio, Estado o Nación, oída la opinión del Comité Coordinador de Protección Civil y Administración de Desastres respectivo, que permite la activación de recursos técnicos, humanos, financieros o materiales, con el objeto de atender oenfrentar los efectos dañosos causados por un fenómeno natural o tecnológico que han generado un desastre.
5. Organismos de atención Primaria: Son los órganos de Seguridad Ciudadana cuya misión natural es la atención de emergencias, tal es el caso de los cuerpos de policías y bomberos.
6. Organismos de atención Secundaria: Son las instituciones públicas o privadas que, en virtud de su especialidad orecursos, ante una emergencia pueden ser llamados a colaborar en la atención por los organismos de atención primaria.
7. Organismos de Apoyo: Son aquellas instituciones públicas o privadas que, de manera eventual, puedan aportar recursos o informaciones necesarias en el proceso de protección y administración de desastres.
8. Protección Civil: Conjunto de disposiciones, medidas y accionesdestinadas a la preparación, respuesta y rehabilitación de la población ante desastres.
ley de gestiòn integral de riesgos socionaturales y tecnològicos.
Artículo 5 Definiciones A los efectos de la presente Ley y sus Reglamentos, se entiende por: 1. Amenaza. Probabilidad de que un fenómeno se presente con una cierta intensidad, en un sitio específico y dentro de un período de tiempo definido, conpotencial de producir efectos adversos sobre las personas, los bienes, los servicios y el ambiente.
2. Desastres. Alteraciones graves en las personas, los bienes, los servicios y el ambiente, causadas por un suceso natural o generado por la actividad humana, que exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
3. Emergencias. Alteraciones en las personas, bienes, servicios y ambiente causadaspor un evento natural o generado por la actividad humana que no excede la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
4. Evento adverso. Manifestación de un fenómeno natural, tecnológico o provocado por el hombre en términos de sus características, magnitud, ubicación y área de influencia.
5. Mitigación. Es toda acción orientada a disminuir el impacto de un evento generador de daños en lapoblación y en la economía.
6. Preparación. Conjunto de medidas y acciones llevadas a efecto para reducir al mínimo la pérdida de vidas humanas y otros daños, organizando oportuna y eficazmente la respuesta y la rehabilitación.
7. Prevención. Conjunto de medidas cuyo objeto es impedir o evitar que eventos naturales o generados por la actividad humana causen daños, emergencias o desastres.
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