Proteccion a Fumadores
REGLAMENTO DE PROTECCIÓN A LOS NO FUMADORES DEL MUNICIPIO DE PUERTO VALLARTA, JALISCO.
El H. Ayuntamiento Constitucional de Puerto Vallarta, Jalisco, en uso de las facultades que le confieren los artículos 115 fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación a los artículos 73, 77, fracción V y 86, de la Constitución Política del Estado de Jalisco;primer, 36, 37, fracción VI y 39, Fracción I, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal, hace saber a los habitantes de este municipio la aprobación, promulgación y publicación del:
CAPÍTULO I
Objetivo de este Reglamento
Artículo 1.- Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés general y tiene por objeto proteger la salud de las personas no fumadoras, de los efectos de lainhalación involuntaria de humo producido por la combustión de tabaco o sustitutos, en cualquiera de sus formas, de acuerdo al Capítulo II, artículo 57 párrafo décimo del Reglamento Municipal para la Protección al Ambiente, en locales cerrados así como en vehículos de transporte colectivo de pasajeros.
Artículo 2.- La aplicación y vigilancia del cumplimiento de este Reglamento corresponderá alas autoridades municipales correspondientes, en su respectivo ámbito de competencia.
Artículo 3.- En la vigilancia del cumplimiento de este Reglamento participarán también, en la forma que el mismo señala.
I. Los propietarios, poseedores o responsables y empleados de locales cerrados, establecimientos y medios de transporte y medios de transporte a los se refieren los artículos 4 y 7 de esteReglamento.
II. Las Asociaciones de Padres de Familia de las escuelas e instituciones públicas y privadas, así como los ciudadanos.
CAPÍTULO II
De las Secciones Reservadas en Locales
Cerrados y Establecimientos.
Artículo 4.- En los locales cerrados y establecimientos en los que se expenden al público alimentos y bebidas para su consumo, los propietarios, poseedores o responsables delnegocio de que se trata, deberán delimitar, de acuerdo a la demanda de los usuarios, secciones reservadas para no fumadores y para quienes fumen durante su estancia en los mismos. Dichas secciones deberán estar identificadas con señalamientos en lugares visibles al público asistente y, contar con ventilación adecuada.
Artículo 5.- Los propietarios, poseedores o responsables de loslocales cerrados y establecimientos de que se trata en el artículo anterior, dispondrán que ellos mismos o sus empleados vigilen que fuera de las secciones señaladas no haya personas fumando. En caso de haberlas, deberán exhortarlas a dejar de fumar o cambiarse a la sección indicada.
Artículo 6.- Quedan exceptuadas de la obligación contenida en el articulo 4 de este Reglamento, lospropietarios, poseedores o responsables de cafeterías, bares, salones de bailes, fondas, así como cualquier otra negociación en que se expendan alimentos y bebidas que cuenten con menos de ocho mesas disponibles para el público.
CAPÍTULO III
De los Lugares en donde Queda
Prohibida la Práctica de Fumar.
Artículo 7.- Se establece la prohibición de fumar en los siguientes lugares:
I. Cines, teatros,auditorios, así como clubes o centros deportivos con áreas cerradas a los que tenga acceso el público en general, con excepción de las secciones de fumadores en los vestíbulos.
II. En los Centros de Salud, hospitales, clínicas, salas de espera, auditorios bibliotecas y cualquier otro lugar cerrado.
III. En los vehículos de servicio público de transporte colectivo de pasajeros.
IV. En lasoficinas de las dependencias y unidades administrativas del Ayuntamiento y en las que se proporcione atención directa al público.
V. En las tiendas de autoservicio, área de atención al público de oficinas bancarias, financieras, industriales, comerciales o de servicios; y
VI. En los auditorios, bibliotecas y salones de clases de las escuelas de educación especial, primarias, secundarias y...
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