Proxenetismo
“PROXENETISMO”. Por proxeneta se entiende a toda persona que solicita o sonsaca a otra, generalmente a una mujer para que realice actos lascivos con otro sujeto.Proxeneta viene a ser el mediador en las relaciones sexuales irregulares o su encubridor.
En este capítulo también se habla de prostitución esta se define como aquella actividad deentregarse habitualmente a tratos sexuales con personas más o menos determinadas, que eventualmente lo requiere a cambio de una determinada compensación económica.
En este capítulo sinembargo no se sanciona la prostitución, sino las actividades conexas a ella que son realizadas por proxenetas, por tanto la prostitución en sí misma no es delito.
BIEN JURIDICO TUTELADO:La libertad sexual individual.
La moral sexual de la sociedad.
TIPICIDAD OBJETIVA:
SUJETO ACTIVO: Puede ser cualquier persona hombre omujer, no es necesario que esa persona se dedique a esta actividad. Puesto que si se dedica exclusivamente a ella concurriría una de las agravantes del presente tipo penal.
SUJETOPASIVO: Puede ser cualquier persona hombre o mujer aunque si es una persona menor de catorce años, concurriría también otra agravante del tipo base, siempre que se considere que se protege lalibertad sexual individual.
COMPORTAMIENTO TIPICO: Consiste en promover o favorecer la prostitución de otra persona, se comprende tanto la actividad de quien inicia a otro en el ejerciciode la prostitución.
TIPICIDAD SUBJETIVA: Se requiere necesariamente el dolo, aunque no se indica expresamente en esta figura se requiere un elemento subjetivo que es el ánimo de lucro.TENTATIVA Y CONSUMACION: El delito se consuma con la promoción o favorecimiento de la prostitución.
Consideramos que el tipo es bastante amplio por lo que no admitimos la tentativa
Regístrate para leer el documento completo.