Proyecto de acto legislativo 01
Por medio del cual se adopta una reforma a la constitución política, recurriendo a las medidas para garantizar transparencia, la equidad y la igualdad en la por medio de méritos se designado el procurador general de la nación.
Bogotá D.C, 6 de noviembre de 2015
Doctores
Deifan Nicolás Rozo Páez
Presidente del Congreso de laRepública de Colombia
Leidy Gabriela Mendoza vergel.
Secretaria General Congreso de la República de Colombia
Respetados congresistas:
Por medio de la presente, hacemos entrega del acta de reforma número 01 de 2015 del Senado de la República, en la cual se propone adoptar una reforma a la Constitución Política de la República de Colombia recurriendo a estas medidas con el fin de garantizar latransparencia, equidad e igualdad para acceder al cargo de Procurador General de la Nación.
La ponencia de la respectiva reforma se radica en original tal como se ha considerado para que surta los respectivos debates, también se anexarán las respectivas copias para sus respectivas comisiones y medios magnéticos para su presentación.
De los honorables congresistas: Juan Camilo Guerrero Solano, HenryAgustín Bermúdez Castro, Javier Danilo Chaustre, Ilse Gabriela Vásquez Peña, Angie Daniela Alarcón Torres, Mario Alexander Galvis y Mauricio Ordoñez Arias.
ARTICULO 276. El Procurador General de la Nación será elegido por el Senado, para un período de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.
Art 276 quedaráasí:
El Procurador General de la Nación será elegido para un período de cuatro años sin opción de reelección, por medio de concurso de méritos del cual se seleccionaran los 3 mejores resultados y se realizará votación para elección por parte del congreso.
Parágrafo: la función del procurador general de la nación seguirá cumpliendo con las disposiciones establecidas en la ley hasta el momentoque finalice el periodo para el cual fue escogido y de ahí en adelante serán elegidos por medio de concurso público, que es el mecanismo establecido por la Constitución para que en el marco de una actuación imparcial y objetiva, se tenga en cuenta el mérito como criterio determinante para proveer los distintos cargos en el sector público, a fin de que se evalúen las capacidades, la preparación ylas aptitudes generales y específicas de los distintos aspirantes a un cargo, para de esta forma escoger entre ellos al que mejor pueda desempeñarlo, dejando de lado cualquier aspecto de orden subjetivo. Ahora bien, el concurso de méritos es un instrumento que garantiza la selección fundada en la evaluación y la determinación de la capacidad e idoneidad del aspirante para desempeñar las funciones yasumir responsabilidades.
Artículo 232. Para ser Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se requiere:
1. Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
2. Ser abogado.
3. No haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.
4. Haber desempeñado, durante diezaños, cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado, o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.
PARAGRAFO. Para ser Magistrado de estas corporaciones no será requisito pertenecer a la carrera judicial.
Parágrafo adicional quedará así:
Parágrafo adicional:para ser procurador general de la nación se tendrán en cuenta las mismas condiciones del capítulo anterior, además que los postulados no tengan ninguna inhabilidad establecida en el régimen para desempeñar el cargo, podrá también de ser elegido ejercer como catedrático universitario en disciplinas jurídicas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente reforma se ha presentado con la intención de...
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