proyecto de nacion escrito
propio de los sistemas democráticos.
Diversas organizaciones sociales y no gubernamentales acompañamos el Domingo 24 de
enero la realización de la consulta popular realizada en el municipio de Zacatecoluca;
como testigos de dicho proceso y frente a las posiciones antidemocráticas de sectores políticos y económicos tradicionales, exponemos:
Que la Consulta popular es un mecanismo propio de los sistemas democráticos en los que
se ejerce la representación política sin menosprecio de los espacios que permitan a la
ciudadanía la vigilancia del desempeño público, el acceso a la información de la gestión
pública, al debate público de los problemas y acceso a decisiones trascendentes para la
población, tal como ocurre en los Estados Unidos, en Costa Rica y otros países en los que se somete a la consideración de sus poblaciones la implementación o no de determinadas
políticas públicas incluyendo reformas a su marco jurídico.
Que la consulta popular en El Salvador se estableció como mecanismo de participación de
la comunidad, en el texto de la primera versión del Código Municipal aprobada por
Decreto Legislativo No. 274 de fecha 31 de enero de 1986; en el art. 116 de ese cuerpo legal se determinó que “Cuando el Concejo considere conveniente o deseare conocer la
voluntad ciudadana respecto a un determinado proyecto o política a desarrollar, podrá convocar a los ciudadanos de su comprensión para que por medio de la consulta popular,
puedan expresar su opinión” agregando que “El Consejo no podrá actuar en contra de la
opinión de la mayoría expresada en la consulta” y que “En estas consultas se tomará en
cuenta únicamente a los ciudadanos domiciliados en el respectivo municipio y bastará
mostrar la Cédula de Identidad Personal para ejercer este derecho”. ...
Regístrate para leer el documento completo.