Proyectos
ORDEN 15 JULIO 1994
Conselleria de Industria, Comercio y Turismo.
ALUMBRADO PUBLICO.Instrucción técnica " Protección contra contactos indirectos en instalaciones "
El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión aprobado por decreto 2413/1973, de 20 de septiembre, dispuso en su articulo 11 uqe las caracteristicas de las instalaciones de alumbrado público serán lasestablecidas en la correspondiente instrucción técnica que este vigente en el momento de su aplicación.
Por orden Ministerial de 31 de octubre de 1973 se aprobaron las instrucciones técnicas del referido reglamento, correspondiendo la MI-BT-009 a las instalaciones de alumbrqado público.
La aplicación de la norma MI-BT-009 ha suscitado diversas interpretaciones sobre los dispositivos de protecciónaplicables a tales instalaciones, que motivaron la hoja interpretativa 11 de la dirección General del Ministerio de Industria y Energía, según la cual el empleo de interruptores diferenciales en las instalaciones o redes de alumbrado público no era preceptivo.
Sin embargo, dicha interpretación presupone necesariamente la instalación de todos los sistemas de protección que se establecen en la citadanorma, para garantizar lo cual se dicta esta orden al amparo de lo establecido en el articulo 12.5 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, que faculta a las Comunidades Autónomas con competencia normativa sobre industria, como es la nuestra, para introducir requisitos adicionales de seguridad sobrte los contenidos en los Reglamentos Técnicos, cuando se trate de instalaciones radicadas en su propioterritorio.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Industria y Energía, dispongo :
Articulo 1.
Se aprueba la Instrucción Técnica " Protección contra contactos indirectos en instalaciones de alumbrado público " que se contiene en el anexo.
Articulo 2.
la referida instrucción técnica será de aplicación en el territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana, a los proyectos de instalacionesde alumbrado público que se presenten en los servicios territoriales de Industria y Energía a partir de los tres meses contados desde la publicación de esta Orden en el "Diari oficial de la Generalitat Valenciana"
Articulo 3.
Las instalaciones de alumbrado público en servicio a la entrada en vigor de esta Orden, deberán adaptarse a lo dispuesto en la Instrucción Técnica que se aprueba en elplazo de un año, contado desde la misma publicación.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Se autoriza a la Dirección general de Industria y Energía para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de los dispuesto en esta Orden.
Segunda. La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el "Diari oficial de la Generalitat Valenciana"
ANEXO
INSTRUCCIÓN TÉCNICA
Protección contracontactos indirectos en instalaciones de alumbrado público.
1. Definiciones.
- Receptor: Aparato o máquina eléctrica que utiliza la energía eléctrica para un fin particular.
- Red de dsitribución: Es el conjunto de conductores con todos sus accesorios, sus elementos de sujección, protección...que une una fuente de energía o una fuente de alimentación de energía con las instalaciones interioreso receptoras.
- Contacto directo : contacto de personas con partes activas de los materiales y equipos.
- contacto indirecto : contacto de personas con masas puestas accidentalmente bajo tensión.
- Intensidad de defecto: valor que alcanza una corriente de defecto.
- Tensión de contacto: diferencia de potencial que durante un defecto puede resultar aplicada entre la mano y el pie de unapersona, quqe toque con aquella una masa o elemento metálico, normalmente sin tensión.
Para determinar este valor se considerará que la persona tiene los pies juntos, a un metro de la base de la masa o elemento metálico que taco y que la resistencia del cuerpo entre mano y pie es de 2.500 ohmios.
- Tensión de defecto : tensión que aparece a causa de un defecto de aislamiento, entre dos masas, entre...
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