Prueba Pericial
La prueba pericial se hace necesaria en el proce¬so cuando, para observar, para examinar el hecho que se trata de demostrar, se requieren conocimientos científicos, obien, la experiencia de la práctica cotidiana de un arte o de un oficio.
La prueba pericial es el medio de confirmación por el cual se rinden dictámenes acerca de la producción de un hecho y suscircunstancias conforma a ta legalidad causal que lo rige. La prueba pericial, cuando es técnica o científica, encaja en el concepto de prueba científica que hemos tomado de Briseño Sierra y que entraña laproducción eficiente de fenómenos dentro de las reglas de su propia legalidad científica.
Sujetos de la prueba pericial
De Pina' define a los peritos como los sujetos que son entendidos en algunaciencia o arte y que pueden ilustrar al tribunal acerca de diferentes aspectos de la realidad concreta, para cuyo exa-men es indispensable que se tengan conocimien¬tos especiales, en mayor grado que elcaudal de una cultura general media.
El producto tangible de una prueba de este tipo lo constituye el dictamen pericial, que 'es el juico emitido por personas que cuentan con una preparaciónespecializada en alguna ciencia, técnica o arte, con el objeto de esclarecer algún o algunos de los hechos materia de la controversia". No obstante que Devis Echandia sostiene que la pericia se justificapor la frecuente complejidad de las circunstancias, causas y efectos de los he¬chos que integran el supuesto para la aplicación de las normas que regulan el conflicto, es preciso aclarar que no entodas las controversias es necesaria la intervención de un perito, ya que sólo se hace patente su au¬xilio en aquellos asuntos en los que es indispensable un conocimiento es¬pecializado sobre determinadamateria para estar en aptitud de resolver el juicio Debido a estas razones, el art 346 del CPCDF dispone
La prueba pericial sólo será admisible cuando se requieran conocimientos especiales de la...
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