Prueba
En la Constitución de 1993, se incorporó el habeas datafundamentalmente como una garantía tutelar del derecho a la información de los ciudadanos, y de la defensa del derecho a la intimidad; motivo por el cual, el hábeas data podía ser invocado en los siguientessupuestos:
a. El derecho a solicitar información de las personas naturales y jurídicas a cualquier entidad pública, con excepción de informaciones relativas a la intimidad, seguridad nacional uotros límites que establezca la ley (Art. 2-5).
b. El derecho de las personas naturales y jurídicas a que los servicios informáticos o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidadpersonal y familiar (Art. 2-6).
c. El derecho al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar, así como a la voz y a la imagen propias (primer párrafo del Art. 2 - 7).
d. Elderecho de rectificación de forma gratuita, inmediata y proporcional en los medios de comunicación, por afirmaciones inexactas o agraviantes contra una persona (segundo párrafo del Art.2-7).
Estosderechos consagrados en el artículo 2, incisos 5, 6 Y 7 de la Constitución, con caracteres de valores y principios constitucionales, eran pasibles de protección mediante el hábeas data, en virtud de lodispuesto en el artículo 200-3 de la Constitución.
En cuanto al establecimiento del proceso de hábeas data, la Constitución del Perú realiza una distinción entre este proceso y los derechos que se...
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