Pruebas
• Como se ha de evaluar la incidencia de una decisión de carácter penal, en un proceso civil, cuando tienen directa relación en cuanto a los hechos acaecidos?
Frente a este asunto en particular, la Corte, en la sentencia en estudio, citó algunos pronunciamientos hechos por la misma Corporación a saber:
“El valor definitivo de las decisiones penales materializa un reclamo decoherencia, necesario al sistema, pues si la jurisdicción del Estado es una sola, sus manifestaciones frente a un mismo suceso no pueden ser por regla general divergentes, pues definido un asunto por el Juez natural, la posibilidad de irrupción de otro en la esfera de su competencia ha de mirarse siempre con recelo.”
“La verdad es única, "y no puede ser objeto de apreciaciones y decisionesantagónicas por parte de la justicia ordinaria, tales como que en lo penal se dijera que un mismo hecho perjudicial no fue obra del sindicado y en lo civil se afirmase lo contrario”
Como fundamento de la decisión que aquí se estudia expuso:
“El Fiscal que antes conoció de este asunto, en ejercicio de una competencia que le otorgan la Constitución y la ley, se dedicó a espacio a dar las razones parano proseguir la actuación penal, providencia que por tanto está revestida del carácter de cosa juzgada penal absolutoria.”
“Bajo esta perspectiva, la fuerza de la cosa juzgada en lo penal transmite sus efectos al ámbito de lo civil, pues allí se liberó de toda responsabilidad al procesado, bajo la consideración de que hubo culpa exclusiva de la víctima, con lo cual se marchitó la jurisdiccióndel Estado para juzgar este asunto de nuevo.
Todo lo anterior sin dejar de ver que la propia versión exculpativa del sindicado tiene un valor importante en el proceso penal, la cual sumada a las demás consideraciones probatorias hechas por el Fiscal, excluyen que la decisión por la cual cesó la actividad penal del Estado contra el aquí demandado, sea producto del mero capricho o laarbitrariedad”
Vale la pena resaltar que, en el presente asunto la Corte, asintió en la valoración que de las pruebas hizo la Fiscalía para concluir que la causa del siniestro obedeció, justamente a la culpa exclusiva de la víctima, aclarando, sin embargo que, el Alto Tribunal, de igual forma realizó la propia valoración de los medios acercados al proceso, que al hacerse de forma lógica y sesuda, deben tendera un mismo pronunciamiento, ya que amén de la sana critica con que cuenta el Juzgador para emitir sus pronunciamientos, la valoración de las mismas, debe tener una igual dirección, teniendo en cuenta, como bien lo señala el Alto Tribunal que un hecho no puede decir y no decir una cosa al mismo tiempo.
No obstante lo anterior, la Corte aclara que para el caso específico de la influencia de laDecisión penal en el campo civil es precios tener en cuenta:
“De lo dicho resulta que la decisión del Fiscal encuentra apoyo en la versión del sindicado y no se halla por tanto huérfana de fundamento, y aunque pudiera ser objeto de censuras y así se encontrara una solución distinta para el caso, más sesuda y perspicaz, no debe desdeñarse que el valor político de la cosa juzgada estácomprometido seriamente si se concede demasiado arbitrio al juzgador civil para que en presencia de debilidades de la decisión penal, más o menos fundadas, pueda fulminar a su arbitrio el valor de la cosa juzgada que la ley reconoció a las decisiones que en materia penal se toman, a menos que la desmesura de ellas sea protuberante o manifiesta, lo que aquí no acontece.”
En otras palabras, salvo que ladecisión penal sea desmesurada o manifiestamente contraria a la lógica o por la misma razón de que su naturaleza, en caso de duda, impone la absolución, se ha de tomar en cuenta como referente del pronunciamiento civil, la atinada valoración que de las pruebas haya hecho el juzgador en materia de responsabilidad penal en lo que toque en el ámbito civil, sin que por ello sea obligatorio tal...
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