pruebas
LA PRUEBA TRASLADADA
Ronny José Durán Umaña1
Resumen:
Crítica a la admisión indiscriminada de la
prueba recibida en un proceso y trasladada
a otro, sin que hayan figurado como parte la
persona contra quien se quiere hacer valer.
Se concluye que no es necesario realizar una
regulación normativa de la prueba trasladada
si el juzgadorasume el papel de garante del
proceso y de los principios constitucionales.
Abstract:
Palabras clave:
Prueba, derecho procesal, principio de
contradictorio, derechos fundamentales, juez
garante de la constitución
Prueba trasladada es aquélla producida en
un proceso determinado y que se quiere
hacer valer en otro proceso.
Para el maestro DAVIS ECHANDIA2 la define
como aquélla que“se practica o admite en
otro proceso y que es presentada en copia
auténtica o mediante el desglose del original,
si la ley lo permite” Prueba que, al haber sido
controvertida en el proceso en el que practicó
por las partes contra quienes se opone en el
sub-lite, no requiere de ratificación y adquiere
plena validez.
En la legislación costarricense no se regula
en norma especial la pruebatrasladada,
toda vez que en el Código Procesal Civil el
numeral 316 establece la obligación del Juez
de ordenar recibir de las pruebas ofrecidas
las que sean procedentes y las que de oficio
considere procedente, rechazando las que se
refieran a hechos admitidos expresamente, a
hechos amparos por una presunción, a hechos
evidentes y a hechos notarios y a los que sean
ilegales, inadmisibleso impertinentes, cuando
arribamos a los medios de prueba se regula
la declaración de las partes, declaraciones de
testigos, documentos e informes, dictámenes
de peritos, reconocimiento judicial, medios
científicos, presunciones e indicios. No
obstante, en el Código Procesal Civil
___________________
1.
2.
Magíster en Derecho Ambiental UCR, Egresado de programa Doctoral en Derecho;Universidad Escuela Libre, Juez
Civil de San José y Juez Suplente del Tribunal de Casación Penal de Cartago
DEVIS ECHANDÍA, Hernando, “Compendio de la Prueba Judicial”, T. I, Editorial Rubinzal Culzoni, Santa Fé, 1984,
página 205
190
colombiano se regula a partir del numeral 185
y en él se define: “Las pruebas practicadas
válidamente en un proceso podrán trasladarse
a otro en copiaauténtica, y serán apreciables
sin más formalidades, siempre que en el
proceso primitivo se hubieren practicado a
petición de la parte contra quien se aduce o
con audiencia de ella.”. En igual sentido se
regula en el Código General del Proceso de la
República Oriental del Uruguay, en el artículo
145 el cual dispone: “Prueba trasladada.Las pruebas practicadas válidamente en un
proceso podrántrasladarse a otro y tendrán
eficacia similar a la que tendrían de haber sido
diligenciadas en este último proceso, siempre
que en el primitivo se hubiere practicado a
petición de la parte contra quien se aducen o
con audiencia de ella.”
Para los autores HERNANDEZ LOZANO Y
VASQUEZ CAMPOS3 pueden hacerse valer
en un proceso las pruebas producidas en
otro, aunque tramiten distintasjurisdicciones,
siempre que ellas se hubieran producido con
la intervención de los interesados.
Por otro lado, COUTURE4 señala que el
problema no es de formas de la prueba sino
un problema de garantías del contradictorio.
Las pruebas de otro proceso pueden ser
válidas si en el anterior la parte ha tenido la
posibilidad de hacer valer contra ellas todos
los medios de verificación e impugnaciónque la ley otorga en el juicio en el que se
producen.
Es decir, la condición de validez de la prueba
trasladada gravita sobre el principio de
bilateralidad, es decir que la prueba haya
sido introducida con intervención controlada
de la parte contra quien se intenta utilizar
El contradictorio: El derecho a interrogar al
testigo es un elemento esencial del derecho
a la prueba, el cual...
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