PUBLICIDAD
Por tanto, los mercadólogos y publicistas deben tomar muy en cuenta que algunos de éstos organismos tienen la facultad de verificar y controlar los diferentes anuncios publicitarios, eincluso, pueden tomar medidas, como:
Ordenar el cese de una publicidad engañosa o emprender las acciones pertinentes con vistas a ordenar el cese de dicha publicidad [5].
Prohibir unapublicación engañosa o emprender las acciones pertinentes con vistas a ordenar su prohibición , incluso en ausencia de prueba de una pérdida o de un perjuicio real, o de una intención o negligencia del anunciante [5].Exigir a la compañía que coloque anuncios correctivos como forma de disipar las creencias falsas en los casos en los que las pruebas indiquen que los consumidores mantienen creencias falsas acercade una marca debido a la publicidad engañosa o fraudulenta [5].
Además, cabe señalar que en algunos países, por ejemplo de la Union Europea (UE), se procura que las personas u organizaciones quetienen un interés legítimo en la prohibición de lapublicidad engañosa puedan proceder judicialmente contra esta publicidad y/o llevar ésta publicidad ante un órgano administrativo competente bien parapronunciarse sobre las reclamaciones o bien para emprender las acciones judiciales pertinentes [5].
Por todo ello, es imprescindible que los mercadólogos y publicistas, 1) tomen conciencia acerca de losefectos negativos que tiene la publicidad engañosa en el público objetivo, la empresa, los competidores y la sociedad en general, 2) decidan no utilizar ésta práctica bajo ningún motivo, 3)...
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