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Colombia ratificará el convenio con la OIT para que las personas empleadas en este oficio tengan las mismas condiciones a las decualquier trabajador formal.
El Ministro del Trabajo, Rafael Pardo Rueda, y la Canciller, María Ángela Holguín, radicaron este ante el Congreso de la República, "El convenio numero ciento ochenta ynueve (189) - sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos aprobado en la 100ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo y firmado el 16 de junio de 2011 en la Ciudad de Ginebra, Suiza."Colombia, en la 100ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, firmado el 16 de junio de 2011, voto favorablemente para la adopción del convenio y con la radicación ante el Congreso deeste Convenio estamos siendo coherentes con nuestra posición ante la OIT" aseguro Rafael Pardo.
El Convenio núm. 189 garantiza la protección laboral mínima que deben tener los trabajadores domésticos ala par con las demás categorías de trabajadores, y deja un margen de flexibilidad considerable para su aplicación. La Recomendación 201 aporta orientaciones prácticas y útiles sobre la forma de darefecto a las obligaciones plasmadas en el Convenio núm. 189, que complementa.
El convenio establece, entre otros, los siguientes puntos de protección a los trabajadores domésticos:
- Se les debeinformar sobre sus condiciones de empleo: fecha de inicio del contrato duración, tipo de trabajo a realizar, remuneración, horas normales de trabajo, vacaciones anuales pagadas, periodos de descanso,condiciones relativas a la terminación del contrato de trabajo, etc.
- Respeto de los derechos fundamentales, Libertad de asociación, edad mínima para trabajar, protección efectiva contra toda forma deabuso
- Decidir libremente con el empleador si residirán o no en el hogar para el que trabajan
- Protección a la seguridad social incluyendo maternidad.
"Colombia dará un gran paso a nivel...
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