Puertos
1. EL MARCO LEGAL
La formulación de regímenes legales se caracteriza por su lentitud. Por ejemplo, se requirieron 16 años para establecer en la ONU el Código de las conferencias Marítimas. Los países del Cono Sur, por su parte, necesitaron 10 años para poner en marcha un régimen de transito aduanero.
En términos generales los puertos de AméricaLatina tienen un conjunto heterogéneo de normas y carecen de una reglamentación específica. Por ejemplo los aspectos relativos a las relaciones laborales son asuntos de las legislaciones laborales y no resultado de la negociación entre los representantes de los trabajadores y las autoridades portuarias. Muchos códigos de comercio limitan en forma explicita la intervención de estas en lasactividades diarias y reservan a las autoridades correspondientes en el país la facultad de determinar los proyectos de infraestructura que debe realizarse.
Tales legislaciones, confusas y detalladas, han provocado una gran apatía e impiden enfrentarse con éxito a los problemas.
En la actualidad los puertos enfrentan la dispersión intermodal de sus actividades, las cargas discrecionales y los conductoscompetitivos de distribución. Por ello se deben identificar los esfuerzos para adecuar las legislaciones en diversas materias: convenios internacionales, responsabilidad social de las empresas de terminales marítimas, derechos prendarios marítimos, hipotecas navales, protección del medio ambiente, desregulación parcial de transporte, reglamentación de puertos y narcotráfico principalmente.2. CONCEPTOS Y FUENTES
3.1 CONCEPTOS Y GRADOS DE AUTONOMIA
El derecho marítimo es en conjunto de relaciones jurídicas que nacen o se desarrollan con el mar. Por consiguiente, en el mar y lo marítimo constituyen los criterios delimitadores de la materia. Esa definición significa reconocer la autonomía de la disciplina, primero en el plano científico y después en los niveles legislativo yjudicial y académico o universitario. Y, por otra parte, El derecho marítimo se concibe como un derecho general que incluye tanto aspectos de derecho privado como publico, nacional e internacional. Esa idea supone una concepción más amplia que la contemplada en los textos positivos (Códigos de Comercio principalmente).
La autonomía científica significa que el derecho marítimo constituye unadisciplina, entendida como un conjunto de saberes, articulados en un sistema y con unos principios propios. A parir de ahí, la autonomía científica reivindica tres grados de autonomía:
a) Legislativa, es decir, conjunto de normas propias, no sometidas a otra rama del ordenamiento (mercantil, administrativo, internacional, laboral, etc.) y sin perjuicio de la unidad del orden jurídico.
b)Judicial, es decir, el enjuiciamiento de las causas marítimas debe reservarse a juzgados y tribunales especializados en Derecho marítimo. La especialización no es incompatible con el reconocimiento de la jurisdicción ordinaria; es mas, la presume pues no se trata de crear una jurisdicción especial, sino de articular, en aquellos partidos judiciales con presencia marítima, un sistema de reparto que permitaentender los asuntos marítimos a los juzgados especializados en derecho marítimo.
c) Académica o universitaria equivale a reconocer el Derecho marítimo como asignatura propia en los planes de estudio y consiguientemente, dotar cátedras e institutos universitarios para la investigación y enseñanza de nuestra disciplina.
3. UNIFICACION INTERNACIONAL Y ORGANISMOS INTERNACIONALESProblemas comunes necesitan soluciones uniformes. Y la soberanía legislativa de los estados debe dar paso a la regulación supranacional. Aunque se ha manifestado con más oscilaciones en el campo marítimo, en la navegación aérea ha sido una constante desde sus orígenes mas recientes. En uno y otro caso varios han sido los protagonistas de la unificación. Unas veces los estados, mediante la aprobación de...
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