punibilidad
Actualmente persiste eldebate sobre esa cuestión; ¿es la punibilidad el elemento esencial del delito o su necesaria consecuencia? A partir de Marx Ernest Mayer se inicio la tendencia de prescindir de la punibilidad en lacomisión del delito, por considerar que esta no constituye un substancial elemento de su noción, sino su necesaria y fundamental consecuencia.
Este novedoso pensamiento se expandío rápidamente a un ampliosector de penalistas. Mezger en su tratado suprimió el concepto de punibilidad en la definición del delito por estimarlo tautológico (su noción lleva implícito lo punible).Bettiol, Edik Wolf, RodríguezMuñoz, miraron en la punibilidad una consecuencia del delito y no su característica esencial. En nuestro país Raúl Carranca y Trujillo, Ignacio Villalobos y Fernando Castellanos Tena se afirman en lamisma corriente.
Ignacio Villalobos en su obra el Derecho Penal mexicano sostiene enfáticamente: “la punibilidad no es elemento del delito. Con lo dicho: acto humano típicamente antijurídico yculpable, queda completa la definición esencial del delito, pues a pesar de algunas supervivencias del pensamiento anterior, el estudio cuidadoso nos ha desembarazado del primer espejismo que involucro lapenal en la constitución del delito.
Este es oposición al orden jurídico y nada mas: oposición objetiva o culpabilidad. La pena es la reacción de la sociedad o el medio del que esta se vale paratratar de reprimir el delito, es algo externo al mismo y, dados los sistemas de represión en vigor, su consecuencia ordinaria, esto es que, acostumbrados a los conceptos arraigados sobre justicia...
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