Py de ley (telefonos en carceles)
O.D. Nº 2.571
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SESIONES ORDINARIAS 2007
ORDEN DEL DIA Nº 2571
COMISION DE LEGISLACION PENAL Impreso el día 24 de julio de 2007 Término del artículo 113: 2 de agosto de 2007
SUMARIO: Régimen de telefonía en las unidades carcelarias. Pérez (M.). (141-D.-2007.) Dictamen de comisión Honorable Cámara: La Comisión de Legislación Penal ha considerado elproyecto de ley de la señora diputada Pérez (M.) por el que se reglamenta el uso de telefonía en las unidades carcelarias, habiendo tenido a la vista el proyecto de ley del señor diputado Ruckauf; y, por las razones expuestas en el informe que se acompaña y las que dará el miembro informante, aconseja la sanción del siguiente
PROYECTO DE LEY
– Miguel A. Iturrieta. – Adrián Menem. – Hugo R.Períé. – Héctor P. Recalde. – Paola R. Spatola. – Juan M. Urtubey. – Marta S. Velarde. En disidencia total: Emilio García Méndez. – Oscar E. Massei. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA TOTAL DEL SEÑOR DIPUTADO GARCIA MENDEZ Señor presidente: Motiva esta disidencia los proyectos presentados por los diputados Ruckauf y Pérez, por lo cuales se busca prohibir, en todas las unidades penitenciaras federales delpaís, el uso de teléfonos celulares por parte de quienes estén alojados en las mismas. Sobre este tema es importante recordar que el instituto de la prisión, tal como se encuentra consagrado en el artículo 18 de nuestra Carta Magna, no tiene por destino el castigo de los reos sino su resocialización, concepto que encuentra recepción en numerosos tratados internacionales con raigambre constitucional yen la ley 24.660, que regula la ejecución de la pena privativa de la libertad. Si bien la experiencia permite demostrar que la caída del mito resocializador a través de la cárcel resulta incuestionable, desde una base profundamente realista debemos tratar de revertir la doxa punitiva de la praxis en aras de buscar la concreción del tratamiento reeducativo y readaptador como instrumento paracumplir con los fines de la pena privativa de la libertad. Por otro lado, y en virtud de que la finalidad de una reintegración social del condenado no puede ser abandonada en tanto la misma se encuentra inserta en tratados internacionales con raigambre constitucional, la misma debe ser reinterpretada y
El Senado y Cámara de Diputados,... Artículo 1º – Prohíbase en todas las unidades penitenciariasdel país el uso de teléfonos celulares por parte de quienes estén alojados en las mismas. Art. 2º – Los teléfonos públicos instalados en establecimientos penitenciarios deberán contar con un sistema que permita al receptor de la llamada la identificación de su procedencia, en forma previa al inicio de la comunicación. Art. 3º – Desígnase como autoridad de aplicación de la presente ley a laSubsecretaría de Asuntos Penitenciarios, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la que establecerá las acciones pertinentes para su implementación, seguimiento y control. Art. 4º – La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los 60 días de su publicación oficial. Art. 5º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sala de la comisión, 3 de julio de 2007. Rosario M. Romero. –Mirta Pérez. – María A. Carmona. – Nora R. Ginzburg. – Alberto J. Beccani. – Diana B. Conti.
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CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
reconstruida sobre una base diferente. Esta reintegración social no puede perseguirse a través de la cárcel sino que debe perseguirse a pesar de ella, o sea buscando hacer menos negativas las condiciones que la vida en la cárcel comporta enrelación con esa finalidad.1 En igual sentido, una de las condiciones mínimas que supone honrar un Estado de derecho implica no transformar en letra muerta el concepto y la sustancia que encierra el principio de legalidad. Principio que, de la lectura de los proyectos sub examine, parece tener una connotación particular para el mundo de las prisiones. En primer lugar, es importante resaltar que la...
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