PYIN12499ES

Páginas: 37 (9183 palabras) Publicado: 29 de julio de 2015
INFORME No. 89/10
CASO 12.499
INADMISIBILIDAD
MIGUEL WOLINIEC KROVIC Y FAMILIA
PARAGUAY
15 de julio de 2010


I. RESUMEN

1. El 23 de diciembre de 2003, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“la Comisión”) recibió una petición presentada por Roberto Amendola Galeano (“el peticionario”), en la cual se alega la responsabilidad del Estado del Paraguay (“el Estado”) por las actuacionesdel Banco Central en las operaciones del Banco General S.A., por dejar operar sin control alguno al Banco después de tener conocimiento de irregularidades en su administración. Destaca que la Ley de Bancos obligaba al Banco Central a informar al público sobre la situación patrimonial y posicionamiento de los bancos privados. El peticionario alega que el señor Miguel Woliniec Krovic, ciudadanoparaguayo, de 64 años en diciembre de 2003, casado con un hijo, depositó sus ahorros personales en el Banco General S.A. el 5 de mayo de 1995 y que 24 días después hubo una intervención del Banco Central y que sus ahorros fueron perdidos en perjuicio del señor Woliniec Krovic y de su familia. El peticionario alega que el Banco Central debe responder con la devolución de las sumas perdidas, susintereses y costas judiciales.

2. El peticionario alega que el Estado es responsable de la violación de los derechos a la protección judicial (artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) (”la Convención Americana”), a las garantías judiciales (artículo 8 de la Convención Americana) y artículos XVIII y XXIV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre(“Declaración Americana”), al principio de igualdad (artículo 24 de la Convención Americana), al derecho a la propiedad (artículo 21(1) y (2) de la Convención Americana y artículo XXIII de la Declaración Americana) y al deber de adoptar disposiciones de derecho interno (artículo 2 de la Convención Americana).

3. El Estado, por su parte, solicita que la Comisión declare la inadmisibilidad y archive la petición,en virtud del artículo 34 inc. (a) y (b) de su Reglamento, en vista que la denuncia presentada no expone hechos que caractericen una violación de los derechos a que se refiere el artículo 27 del citado Reglamento y por ser manifiestamente infundada e improcedente. El Estado sostiene que no ha violado ninguna norma contenida en la Convención Americana en contra del señor Woliniec, por elcontrario, alega haberle facilitado todos los medios legales y procesales idóneos para hacer exigible su derecho, en sede interna, facilitándole el acceso a las instancias judiciales competentes y garantizando el debido proceso legal, conforme con las normas constitucionales y legales pertinentes.

4. Tras analizar la información disponible, la Comisión concluyó que es competente para conocer el caso yconcluye que el mismo es inadmisible de conformidad con el artículo 46(1)(a) de la Convención Americana. La Comisión decidió notificar el presente informe de Inadmisibilidad a las partes, hacerlo público e incluirlo en su Informe Anual.

II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN

5. La Comisión registró la petición bajo el número P-1127/03, conforme a la práctica entonces vigente, y el 6 de enero de 2004 acusórecibo de la petición. El 29 de julio de 2004, la Comisión transmitió las partes pertinentes de la petición al Estado, y solicitó observaciones en dos meses, conforme al artículo 30(3) de las normas Reglamentarias entonces vigentes. Mediante comunicación de fecha 12 de noviembre de 2004, el Estado del Paraguay solicitó una prórroga de 30 días para que presente su respuesta, de modo a recabartoda la documentación pertinente. El 16 de diciembre de 2004, la Comisión concedió la prórroga solicitada de 30 días, a partir de la fecha de transmisión de su carta. Mediante comunicaciones de fecha 3 de noviembre de 2004, 25 de noviembre de 2004, 29 de diciembre de 2004, 4 de enero de 2005 y de 18 de abril de 2005, el peticionario reclamó la falta de observaciones presentadas por el Estado...
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