Pymes
1.2.
2. Medina Industria, la unidad de explotación económica, realizada por una persona jurídica que efectúe actividades deproducción de bienes industriales y de servicios conexos, comprendida en los siguientes parámetros: 2.1. 2.2. Planta de trabajadores con un promedio anual no menor a cincuenta y un (51) trabajadores,ni mayor a cien (100) trabajadores. Ventas anuales entre cien mil una (100.001) Unidades Tributarias y doscientas cincuenta mil ( 250.000)
3. Emprendedor: Persona interesas y capaz de identificar,evaluar y desarrollar una idea hasta transformarla en un concepto de negocio operativo o en un producto, mediante la obtención de los recursos necesarios para su ejecución y posterior comercialización.Cuando una industria no cumpla con algunos de los parámetros establecidos en el presente artículo, el Ministerio competente, en materia de la producción y el comercio, determinará su clasificacióncomo pequeña o mediana industria, con base a la metodología que establezca el Reglamento del presente Decreto Ley. Adicionalmente, podrán establecerse otros parámetros de clasificación”
Definiciónde Pyme (Unión Europea) Los criterios utilizados por la Comision de las Comunidades Europeas para definir a la Pequeña y Mediana Empresa son: Plantilla de la empresa: No más de 250 trabajadores....
Regístrate para leer el documento completo.