Qu es el Impuesto Predial
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Es el Impuesto cuya recaudación, administración y fiscalización corresponde a la Municipalidad Distrital donde se ubica el predio. La Municipalidad Provincial de Trujillo es la encargada de la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial de los inmuebles ubicados en elDistrito de Trujillo. Este tributo grava el valor de los predios urbanos y rústicos en base a su autovalúo. El autovalúo se obtiene aplicando los aranceles y precios unitarios de construcción que formula el Consejo Nacional de Tasaciones y aprueba el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento todos los años.
¿Quién paga el Impuesto Predial?
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Son contribuyentes de este impuesto:
Las personas naturales o jurídicas que al 1° de enero de cada año resultan propietarios de los predios gravados. En caso de transferir el predio, el comprador asumirá la condición de contribuyente a partir del 1° de enero del año siguiente de producida la transferencia. En caso de condóminos o copropietarios, ellos están en laobligación de comunicar a la Municipalidad de su distrito la parte proporcional del predio que les corresponde (% de propiedad); sin embargo, la Municipalidad puede exigir a cualquiera de ellos el pago total del Impuesto. En los casos en que la existencia del propietario no pueda ser determinada, se encuentran obligados al pago (en calidad de responsables) los poseedores o tenedores de lospredios.
¿Cómo se calcula el Impuesto Predial?
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El impuesto se calcula aplicando al valor de autovalúo, del total de los predios del contribuyente ubicados en cada distrito, la siguiente escala progresiva acumulativa:
Tramo de autovalúo
Alícuota
Hasta 15 UIT
0.20%
Más de 15 UIT y hasta 60 UIT
0.60%
Más de 60 UIT
1.0%.
¿Dóndey Cómo presento la declaración jurada?
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La declaración jurada debe ser presentada en la Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital donde se ubique el predio. En el caso de la Municipalidad Distrital de Trujillo, la declaración jurada deberá presentarse en las Oficinas de Atención SATT, para lo cual deberápresentar lo siguiente:
Requisitos de la declaración jurada de inscripción:
-
Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el caso.
-
Exhibición del último recibo de luz, agua o teléfono del domicilio del actual propietario.
-
En caso de representación deberá presentar poder especifico en documento público o privado con firma legalizada ante notarioo certificada por Fedatario del SATT.
Exhibición y copia del documento sustentatorio de la adquisición:
a.-
Compra: Minuta o transferencia.
b.-
Donación: Escritura pública de donación.
c.-
Herencia: Partida de defunción, declaratoria de herederos, sentencia o escritura pública que señala la división y partición de los bienes.
d.-
Remate: Acta judicial, resolución administrativa.
e.-
Permuta:Contrato de permuta.
f.-
Fusión: Copia literal de la inscripción en Registros Públicos.
g.-
En los demás casos, documento que acredite la propiedad o posesión. Asimismo, si transfiere o vende un inmueble del Cercado de Lima, debe realizar su Declaración Jurada de Descargo ante el SATT comunicando la transferencia. El plazo vence el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia. Deesta manera el SATT no emitirá más documentos a su nombre por deuda de años posteriores a la transferencia por ese inmueble. Asimismo, está obligado al pago total del Impuesto Predial del año en que se transfiere el inmueble.
Requisitos de la declaración jurada de descargo:
-
Exhibición y copia del documento de identidad del propietario o de su representante, de ser el caso.
-
En caso de...
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