QUE PORCENTAJE DE LAS UTILIDADES SE DEBE REPARTIR Y EN QUE FECHA SE PAGA
La Ley indica que los patrones deben distribuir entre sus trabajadores, el 10% desus utilidades fiscales: es decir de la renta gravable determinada por el patrón en su declaración anual de impuestos.
La Ley también establece la forma como seharán los cálculos para dicha distribución.
Los patrones están obligados a pagar utilidades a sus trabajadores dentro de un periodo no mayor de 60 días, contados apartir de la fecha en que presentaron (o debieron haberlo hecho ) su declaración anual.
Es decir, tomando en cuenta que las empresas presentan su declaraciónanual en marzo, las utilidades deben distribuirse durante el mes de mayo. En el caso de patrones personas físicas, sería durante el mes de junio.
¿CÓMO PUEDO SABERSI MI EMPRESA OBTUVO UTILIDADES?
Muy sencillo: la ley establece que los patrones están obligados a entregar a los representantes de los trabajadores, copia desu declaración anual, dentro de un término de 10 días a partir de la fecha de presentación de la misma.
¿QUÉ PUEDO HACER SI NO RECIBO EL REPARTO QUE MECORRESPONDE?
Si te corresponde reparto de utilidades pero tu empresa se niega a cumplir con esta obligación (y no estás en los supuestos que mencioné en mi post anterior),lo que tienes que hacer es acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Ellos te asesorarán al respecto y te prestarán la ayudanecesaria.
En el siguiente post hablaremos acerca de cómo puedes aprovechar mejor tu reparto de utilidades, para mejorar tu vida y tus finanzas personales.
Regístrate para leer el documento completo.