queja
ATENCIÓN DE QUEJAS POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN
Objetivo del Trámite
SUBSANAR LOS VICIOS PRESENTADOS DURANTE LA TRAMITACIÓN DE UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA QUE CONTINUE CON ARREGLO A LAS NORMAS CORRESPONDIENTES-
Documentos a Presentar
1
Presentar formato de "Procedimiento para atención de queja por defecto de tramitación"
Pasos a seguir
1
Se entregará ladocumentación requerida en mesa de partes, luego del cual, una vez admitido a trámite por el órgano a cargo, deberá resolverse en el plazo establecido por la normativa pertinente a este procedimiento.
Donde se realiza el trámite
Oficinas Provincias
Oficinas Lima
CostoCosto UIT S./ 3700
GRATUITO Gratuito
Calificación
Silencio Negativo - 12 días hábiles : 05 días hábiles para descargo de unidad orgánica quejada, 07 días hábiles para resolución de queja
Cuando transcurrido el plazo la institución no ha emitido un pronunciamiento expreso al trámite o servicio solicitado, este se da como denegado, quedando el ciudadano en posibilidad de presentar elrecurso Administrativo correspondiente.
Inicio del Trámite
Mesa de Partes Oficinas Descentralizadas y Regionales
Unidad que evalúa el trámite
Órgano encargado según artículo 10º del "Procedimiento para atención de queja por defecto de tramitación"
Informes sobre el estado del Trámite
Personal de Atención al Usuario y Call Center Teléfono: 2193410 Revisar el link:http://www.osinerg.gob.pe/newweb/pages/Controversias/139.htm, o enviar correo electrónico a la dirección opiniontsc@osinerg.gob.pe.
Instancia que resuelve el Trámite
Órgano encargado según artículo 10º del "Procedimiento para atención de queja por defecto de tramitación" - Resolución Nº 105-2011-OS/CD
Instancia que resuelve recurso impugnatorio
Órgano encargado según artículo 10º del "Procedimiento para atención dequeja por defecto de tramitación"
Base Legal
Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444). "Procedimiento para atención de queja por defecto de tramitación aprobado mediante Resolución Nº 105-2011-OS/CD (vigente a partir del 23/06/2011)
Observaciones
12 días hábiles : 05 días hábiles para descargo de unidad orgánica quejada, 07 días hábiles para resolución de queja
ARTÍCULO 158° QUEJA POR DEFECTOS DE TRAMITACIÓN
158.1 En cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos establecidos legalmente, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto enla instancia respectiva.
158.2 La queja se presenta ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita el procedimiento, citándose el deber infringido y la norma que lo exige. La autoridad superior resuelve la queja dentro de los tres días siguientes, previo traslado al quejado, a fin de que pueda presentar el informe que estime conveniente al día siguiente de solicitado.158.3 En ningún caso se suspenderá la tramitación del procedimiento en que se haya presentado queja, y la resolución será irrecurrible.
158.4 La autoridad que conoce de la queja puede disponer motivadamente que otro funcionario de similar jerarquía al quejado, asuma el conocimiento del asunto.
158.5 En caso de declararse fundada la queja, se dictarán las medidas correctivaspertinentes respecto del procedimiento, y en la misma resolución se dispondrá el inicio de las actuaciones necesarias para sancionar al responsable….
El detalle de la mayoría de las actuaciones administrativas (no todas) sujetas a los alcances de la Ley 27444 han sido didácticamente recogidas por el colega OSCAR ZEGARRA GUZMÁN en su “Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo...
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