Querella
DENUNCIA Y QUERELLA
SUJETO LEGITIMADO
PARA INTERPONERLA
En principio, quienes tengan la
capacidad necesaria para conocer y
entender.
Distinción entre delitos perseguibles deoficio (públicos), que los sujetos activos
serán todas las personas y delitos
perseguibles previa denuncia de
determinadas personas (semipúblicos),
en los que los sujetos activos serán losprevistos por la ley: el ofendido u otras
personas autorizadas.
Sujetos activos:
Distinción entre delitos perseguibles de
oficio (delitos públicos), delitos
perseguibles previa denuncia dedeterminadas personas (semipúblicos), y
delitos privados.
•Delitos públicos:
Ministerio Fiscal (acusador público u
oficial), acusador popular y acusador
particular (ofendido).
•Delitos semipúblicos:Ministerio Fiscal (acusador público u
oficial), previa denuncia, y acusador
particular (ofendido).
•Delitos privados:
Acusador privado (ofendido).
ÓRGANO PÚBLICO ANTE
EL QUE SE PUEDE
INTERPONER–Policía
–Ministerio Fiscal
–Órgano jurisdiccional:
»Juez de Paz
»Tribunal o Juez
competente para el juicio
oral
»Juez de Instrucción
•Ante un órgano jurisdiccional
competente, pues la querellaes un acto
de ejercicio de la acción penal y presenta
carácter jurisdiccional.
•Exige una previa determinación de la
competencia objetiva y territorial para
conocer del proceso penal.
•Ante elJuez de Instrucción competente
(competencia funcional; art. 272, I
LECRIM).
•Excepcionalmente: ante el órgano que
debiera conocer de la causa si el
querellado tuviera la condición de
aforado yestuviera sometido a la
competencia de un determinado tribunal.
–En casos de aforamiento no existe un
Juez de Instrucción preestablecido.
NATURALEZA JURÍDICA
DEL ACTO
Acto de declaración deconocimiento por
el que se puede o debe proporcionar a un
órgano oficial, la noticia de la existencia
de un hecho que reviste caracteres de
delito, que puede ser constitutivo de
delito.
Es un acto...
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