Querella
TEXTO NUEVA CREACION.
PUBLICADA EN EL PERIODICO No 14 DE MARZO DE 2007.
SECRETARIA DE GOBIERNO
DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
DEPARTAMENTO DE GOBERNACION
DECRETO NÚMERO 321
Juan José Sabines Guerrero, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Chiapas, a sus habitanteshace saber: que la Sexagésima Segunda Legislatura del mismo, se ha servido dirigir al ejecutivo de su cargo el siguiente:
DECRETO NÚMERO 321
La Honorable Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chiapas, en uso de las facultades que le concede la Constitución Política Local; y
C O N S I D E R A N D O
Que el Ejecutivo dentro de las Facultades que le concedeel artículo 27, de la Constitución Política del Estado libre y soberano de Chiapas, entre ellas el derecho de iniciar leyes o decretos.
Que en el artículo 29, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, confiere al Honorable Congreso del Estado, la atribución de legislar en las materias que no estén reservadas al Congreso de la Unión, así como en aquellas en que existanfacultades concurrentes, conforme a Leyes Federales.
Que la importancia del Código Penal en cualquier sociedad civilizada se entiende al comprender el derecho penal como ciencia y ordenamiento jurídico que tipifica e inhibe ciertas conductas consideradas como antisociales para los habitantes de una sociedad, asignándole una sanción a la violación de la conducta exigida.
Que durante los últimos años, elCódigo Penal del Estado de Chiapas, ha sido objeto de importantes reformas que han adecuado sus disposiciones para atender diversos fenómenos delincuenciales frente a los que se exige, legítimamente, mayor castigo y mejores formas de protección social.
Es de reconocerse que nuestro Estado de Chiapas, ha avanzado en materia de procuración y administración de justicia, como en otras EntidadesFederativas, y que
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durante los últimos años han aparecido novedosas formas delictivas. Esto revela desde tipos de agrupamiento para delinquir, hasta sofisticadas organizaciones que cuentan con recursos económicos, servicios profesionales, armas y equipos incluso mejores que los del Estado, en grave desventaja.
Que con la clasificación del delito, al momento de consumación, se agrega la figura deidentidad del sujeto pasivo como requisito del delito continuado, propiciando que se presentara el delito continuado aún cuando el sujeto pasivo fuera diferente, de manera que un ladrón serial podría ser juzgado únicamente por un delito continuado de robo si demostraba la unidad de propósito aunque hubiese llevado a cabo diversos robos contra diversas personas. La incorporación de la identidad delsujeto pasivo como requisito para el delito continuado propicia que, cuando se presenten varios sujetos pasivos en delitos de la misma especie, se apliquen las reglas del concurso real y no las del delito continuado, de manera que el delincuente pueda ser sancionado de acuerdo con el número de conductas delictivas que haya desplegado.
Que con la reparación del daño al propio sujeto activo deldelito. Se incluye en el catálogo de obligados al ascendiente responsable de una custodia transitoria de su descendiente. Se elimina la obligación de directores de internados de colegios o talleres, ya que su responsabilidad no derivaría en todo caso de su carácter personal sino de la custodia que efectivamente hayan aceptado. Y al titular del derecho a la reparación del daño se establece el sujetopasivo del delito y no el ofendido, ya que el pasivo es precisamente el titular del bien jurídico afectado, a quien corresponde en primer lugar, el derecho de la reparación. Se dispone que siendo una sanción pública, la reparación del daño, podrá exigirse mediante el procedimiento económico coactivo del Estado, lo que incrementa considerablemente las posibilidades de la víctima de lograr una...
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