quimica
De aocyorA a.c.
MAMAOS
Secretada de Educación
RESOLUCIÓN No
2050 31OCT 2013
"Por medio de la cual se establece el Calendario Académico para el año lectivo 2014,
en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica primaria,
básica secundaria y media de Bogotá D.C.
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTA, D.C.
En uso de sus atribucioneslegales, en especial de las que confiere la Ley 115 de
1994, Ley 715 de 2001, el Decreto Nacional 1850 de 2002, y el Decreto Distrital
330 de 2008, y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 151 de la Ley 115 de 1994, establece que corresponde a las
Secretarías de Educación departamentales y distritales, entre otras funciones la de
organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con lasprescripciones legales y
reglamentarias.
Que la Ley 115 de 1994, establece que el calendario académico en la educación
de preescolar, básica (primaria, secundaria) y media se organizará por periodos
anuales de 40 semanas de duración mínima.
Que el Decreto 1850 de 2002, faculta a las entidades territoriales certificadas para
expedir cada año y por una sola vez el calendario académico para todos losestablecimientos educativos estatales de su jurisdicción, atendiendo a las
condiciones económicas, regionales, las tradiciones de las instituciones educativas
y los criterios establecidos en la misma norma.
Que el Decreto 1850 de 2002, dispone que las entidades territoriales deben
expedir antes del 1° de noviembre de cada año el calendario escolar, y determinar
las fechas precisas de iniciación yfinalización de las actividades académicas con
los estudiantes, de desarrollo institucional, receso estudiantil y vacaciones de
directivos docentes y docentes.
31..E
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co, Información: línea 195
HOJA 2 de 5
RESOLUCIÓN No. 2050 13.1
2515
Continuación de la Resolución
"Por medio de la cual se establece elCalendario Académico para el año 2014, en los
establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica primaria, básica
secundaria y media de Bogotá D.C.
Que el Decreto 1850 de 2002 preceptúa que los directivos docentes y los
docentes de los colegios distritales deben dedicar cinco (5) semanas del
calendario académico a realizar actividades de desarrollo institucional, además delas cuarenta (40) semanas de trabajo académico con los estudiantes; así mismo el
calendario escolar debe contemplar las siete (7) semanas de vacaciones para
directivos docentes y docentes, doce (12) semanas de receso estudiantil, todo lo
anterior distribuido en dos períodos semestrales.
Que para el año 2013, esta Secretaría mediante Resolución 2585 del 30 de
octubre de 2012, determinó elcalendario académico para los establecimientos
oficiales de Bogotá D C.
Que el Decreto 1373 del 24 de abril de 2007 contempla como parte del receso
escolar, la semana inmediatamente anterior al día feriado en que se conmemora el
descubrimiento de América, la cual para el año 2014, corresponde a la
comprendida entre el 6 y el 10 de octubre.
En virtud de lo anterior,
RESUELVE
Artículo primero:Períodos semestrales. Las cuarenta (40) semanas lectivas de
trabajo con los estudiantes se distribuirán en los dos semestres del año escolar
2014 de acuerdo con las siguientes fechas:
Primer período semestral: Del 20 de enero al 13 de junio de 2014 (20 semanas).
Segundo período semestral: Del 7 de Julio al 28 de noviembre de 2014 (20
semanas).
Para el desarrollo de las cuarenta (40) semanaslectivas de trabajo académico con
los estudiantes, el rector o director rural del establecimiento educativo fijará el
horario de cada docente, distribuido para cada día de la semana, discriminando el
tiempo dedicado al cumplimiento de la asignación académica, a las actividades
19,5e
Avenida El Dorado No. 66-63, PBX 324 1000, Fax 315 3448, www.sedbogota.edu.co Información: linea 195...
Regístrate para leer el documento completo.