Metalclad Corporation c. los Estados Unidos Mexicanos Caso CIADI No. ARB(AF)/97/01 El caso involucró la operación de un confinamiento de desechos peligrosos en el Municipio de Guadalcázar, S.L.P porparte de la empresa estadounidense Metalclad Corporation. La empresa argumentó que el gobierno de SLP y el Ayuntamiento de Guadalcázar han impedido indebidamente la operación del confinamiento.Demandó una indemnización por más de 130 millones de dólares. El tribunal impuso una indemnización por 16 millones 685 mil dólares a favor de la empresa. El 30 de agosto de 2000, el tribunal arbitraldeterminó que a través de los actos del Estado de SLP y del Ayuntamiento de Guadalcázar, México había violado sus obligaciones del TLCAN al no haberle otorgado a la inversión de Metalclad un trato justo yequitativo acorde con el derecho internacional, y haber adoptado medidas equivalentes a una expropiación. México impugnó el laudo ante la Suprema Corte de Justicia de Colombia Británica, Canadá. El 2 demayo de 2001 la Corte canadiense concluyó que el Tribunal había actuado en exceso de sus facultades y desecho la parte del laudo. Sin embargo, mantuvo la determinación de que el decreto ecológicoemitido por el gobernador del estado que declaró reserva ecológica la zona donde se ubica el confinamiento, constituía una expropiación indirecta de la inversión de Metalclad. El 26 de octubre de 2001,el gobierno federal y la empresa convinieron dar por terminada la disputa, a través de la firma de un convenio mediante el cual se pagó una indemnización por $16,002,433.00 dólares y un contrato por elque se transmitió al gobierno federal la propiedad del inmueble. Documentos del caso: Fecha 30 diciembre de 1996 7 enero de 1997 13 octubre de 1997 13 octubre de 1997 27 octubre de 1997 17 febrero de1998 17 febrero de 1998 21 agosto de 1998 21 agosto de 1998 21 agosto de 1998 21 agosto de 1998 21 agosto de 1998 21 agosto de 1998 3 mayo de 1999 3 mayo de 1999 28 julio de 1999 9 noviembre de...
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