QuintaRMF_16102014_parte2

Páginas: 51 (12750 palabras) Publicado: 14 de octubre de 2015
TERCERA SECCION
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. (Continúa de la Segunda Sección)
(Viene de la Segunda Sección)
Representante legal autorizado para recoger marbetes o precintos
I.5.2.20. Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, cuando los contribuyentes requieran designar alrepresentante legal promovente como representante legal autorizado para recoger marbetes o precintos, deberán también asentar en la forma oficial RE-1, denominada “Solicitud de registro en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC”, contenida en el Anexo 1, el nombre, clave en el RFC, la CURP y la firma de la persona que designen para recoger los marbetes o precintos; de la mismamanera deberá manifestarlo cuando requiera designar uno o máximo dos representantes legales autorizados para recoger marbetes o precintos, cuando no se trate del representante legal promovente, debiendo anexar por cada uno de ellos la documentación señalada en la ficha de trámite 23/IEPS “Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC” contenida en el Anexo1-A.
En el caso de que el contribuyente solicite cambio de los representantes legales autorizados para recoger marbetes o precintos, deberán presentar ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal la forma oficial RE-1, denominada “Solicitud de registro en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC”, contenida en el Anexo 1, marcando el recuadro que para tal efecto seestablece, así como asentar los datos y la firma de cada representante legal y anexar la documentación señalada en la ficha de trámite 23/IEPS “Solicitud de Inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas ante el RFC” contenida en el Anexo 1-A.
LIEPS 19, RMF 2014 I.5.2.33.
Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o la entrega de faltantes
I.5.2.21. Para losefectos del artículo 19, fracción V de la Ley del IEPS, en relación con la regla I.5.2.19., cuando existan defectos o faltantes en los marbetes o precintos recibidos, los contribuyentes podrán solicitar su sustitución o la entrega de los faltantes dentro de los 30 días inmediatos siguientes a aquél en el que se hayan recibido, cumpliendo con los requisitos establecidos en la ficha de trámite11/IEPS “Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o la entrega de faltantes” contenida en el Anexo 1-A.
Cuando la solicitud sea presentada fuera del plazo de los 30 días posteriores a la recepción de los marbetes o precintos con presuntos defectos en la fabricación, no serán sustituidos y quedarán fuera de uso, debiendo devolverlos a la autoridad fiscal. Asimismo,tratándose de los faltantes de marbetes o precintos a que se refiere la presente regla, cuando la solicitud sea presentada fuera del plazo de los 30 días posteriores a la recepción de los marbetes o precintos, no procederá su entrega.
Asimismo, cuando los contribuyentes requieran la sustitución de marbetes o precintos por causas distintas a las señaladas en el primer párrafo de la presente regla, lasolicitud podrá realizarse ante la autoridad fiscal en cualquier tiempo fuera del plazo mencionado en el párrafo anterior, mediante escrito libre en el que señalen el motivo por el que solicitan su sustitución, previo cumplimiento de los requisitos señalados en la ficha de trámite 11/IEPS denominada “Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o la entrega de faltantes”contenida en el Anexo 1-A.
Las solicitudes a que se refiere la presente regla estarán sujetas a valoración de la autoridad y serán resueltas en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha en que se haya recibido la solicitud.
LIEPS 19, RMF 2014 I.5.2.19.
Robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes o precintos
I.5.2.22. Para los efectos del artículo 19, fracción V de la Ley...
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