Régimen excepcional de la democratisación del libro en colombia
Régimen Excepcional Sobre la Democratización y Fomento del Libro Colombiano
1. ¿De quien es la iniciativa?
La iniciativa es de la ex - Ministra de Educación Nacional, Doctora Maruja Pachón de Villamizar.
2. Antecedentes
El desarrollo actual de la industria editorial colombiana se genero con la ley 34 de 1973, la cual fue ampliada y prorrogada mediante la ley 32 de 1983.Estas dos leyes sentaron las bases que hicieron posible que el transcurso de 20 años nuestra industria se colocara en capacidad de competir en los mercados internacionales, en condiciones prácticamente similares a las de los países que tradicionalmente dominaban el mercado latinoamericano, España, Argentina y México.
Pero para el legislador es necesario dar una nueva disposición jurídica paraColombia, que satisfagan las nuevas necesidades del país, así como las nuevas demandas del mercado; para así enfocar al país hacia el fomento del libro Colombiano.
3. Los debates que se han tenido en senado y cámara
.Ponencia para 2° debate (senado), en gaceta del congreso N° 382 de noviembre 4 de 1993, página 16.
.Ponencia para 1° debate (cámara), en gaceta del congreso N° 437 de diciembre 6 de1993, página 24-31.
4. A que entidades se aplica este régimen especial
-Entidades públicas directa o indirectamente vinculadas al desarrollo cultural y científico del país.
-Entidades territoriales, que tengan contacto con ferias del libro.
• Ministerio de Educación Nacional a través del Instituto Colombiano de Cultura
Colcultura.
• Bibliotecas públicas, sean del orden nacional, departamentalo municipal.
• Ministerio de Comercio Exterior.
• Editores colombianos, editores extranjeros.
-Establecimientos que reproduzcan libros.
5. Como funciona en lo atinente con la contratación estatal
ARTÍCULO 14. Declárase la Feria Internacional del Libro de Santafé de Bogotá, D.C., como evento cultural de carácter e interés nacional.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de EducaciónNacional, del Instituto Colombiano de Cultura -Colcultura-, del Ministerio de Comercio Exterior y de otras entidades públicas directa o indirectamente vinculadas al desarrollo cultural y científico del país, de acuerdo con la ley, prestarán su apoyo y colaboración a la Cámara Colombiana del Libro para la realización de dicho evento. (Subrayado fuera de texto).
Entidades del Estado que contratanpara fomentar la feria Internacional del libro, que en este punto contratan bajo la ley 80 de 1993.
También el Gobierno Nacional podrá declarar como de igual carácter e interés otras ferias del libro que se organicen en las entidades territoriales de manera periódica, técnica y que demuestren tener acogida nacional. Para este efecto el Ministerio de Educación Nacional a través del InstitutoColombiano de Cultura -Colcultura-, regulará la forma, requisitos y procedimientos para la declaratoria, y, en tal caso, la feria así declarada gozará de las prerrogativas que se otorgan en este artículo. (Subrayado fuera de texto).
l Parece ser que las entidades territoriales para fomentar otras ferias del libro podran i \contratar y se regirán por las directrices que establezca el ministerio deeducación a \ graves del Instituto Colombiano de la Cultura, saliendonse así de la ley 80 de 1993 y \uedando a merced de lo que establezca Colcultura.
ARTÍCULO 15. El Gobierno Nacional propenderá por la adquisición a través de Colcultura, de una cantidad de ejemplares por cada título, no inferior al 50% del número de las bibliotecas públicas registradas en Colcultura, de la primera edición de cadalibro de carácter científico o cultural, editado e impreso en el país.
Estos libros se destinarán exclusivamente a la dotación de bibliotecas públicas del orden nacional, departamental, distrital y municipal y al canje de la Biblioteca Nacional. Colcultura determinará el valor científico y cultural de las obras que adquiera de ac1 icrdo con este artículo. Para dichas compras el Instituto...
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