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Páginas: 18 (4296 palabras) Publicado: 4 de diciembre de 2015
117 D.P.R. 825 (1986) VILA & HNOS., INC. V. OWENS ILLINOIS DE P.R.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
VILA & HNOS., INC., demandante y recurrida
vs.
OWENS ILLINOIS DE P. R., OWENS ILLINOIS, INC., demandados y
recurrentes
Núm. R-83-165
117 D.P.R. 825
21 de noviembre de 1986
 
 SENTENCIA de F. Rodríguez Rivera, J. (Bayamón), que declara con lugar cierta acción por incumplimiento de contratoy daños y perjuicios. Revocada.
 
APOSTILLA
1. DERECHO MERCANTIL--COMERCIO EN GENERAL--PODER PARA REGLAMENTARLO--CONTRATOS MERCANTILES--EN GENERAL--Como norma general, un contrato de suministro es un contrato mercantil.
2. ID.--ID.--ID.--ID.--ID--Un contrato de suministro de arena y piedra destinadas como materia prima para la industria del cristal es un contrato mercantil.
3.ID.--ID.--ID.--ID.--ID--Un contrato de financiamiento entre comerciantes, donde el dinero en cuestión está destinado a actos de comercio, es uno de naturaleza mercantil.
4. ID.--ID.--ID.--ID.--ID--El Art. 82 del Código de Comercio consagra el principio de la libertad de forma en la contratación mercantil aunque tiene una limitación de carácter probatorio, al declararse insuficiente la evidencia testifical paraprobar la existencia de un contrato cuya cuantía exceda de $300.
5. CONTRATOS--EN GENERAL--REQUISITOS Y VALIDEZ--NATURALEZA Y REQUISITOS--EN GENERAL--EN GENERAL--Sin una oferta completa no puede haber aceptación definitiva que perfeccione un contrato.
6. ID.--ID.--ACCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO--EN GENERAL--En las acciones de daños y perjuicios por incumplimiento de contrato, una vez establecidoque no se probó el contrato, no puede sostenerse la responsabilidad del demandado a base de la doctrina de culpa in contrahendo, en la fase precontractual, conforme a lo establecido en Prods. Tommy Muñiz  v. COPAN, 113:517 (1983), en ausencia de conducta culposa, dolosa o fraudulenta de la parte demandada o de los criterios que el citado caso señala.
 
Rafael R. Vizcarrondo y Pedro J. Polanco, deFiddler, González & Rodríguez, abogados de la parte recurrente.
Francisco Agrait Oliveras, de Agrait & Oliveras, abogado de la parte recurrida.
 
OPINION DE LA JUEZ:  NAVEIRA DE RODÓN

En este recurso debemos determinar si la prueba presentada por la parte demandante es suficiente para probar sus alegaciones y para apoyar la sentencia del tribunal de instancia. Si esa prueba es suficiente,entonces, debemos pasar juicio sobre la corrección de las determinaciones de hecho del tribunal de instancia.
[P827] Vila Hermanos, Inc. (en adelante Vila & Hnos.),--corporación dedicada a la transportación de piedra y arena--demandó a Owens Illinois de Puerto Rico (en adelante O.I.P.R.),--una sociedad comercial--y a Owens Illinois, Inc. (en adelante O.I.I.),--socio principal y compañía matriz deO.I.P.R.--por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios.1 
El tribunal de instancia encontró probados los siguientes hechos: A mediados de 1974 O.I.P.R. comenzó conversaciones con Vila & Hnos. para el suministro de la materia prima--arena sílica y piedra caliza--necesaria para una fábrica de cristales que estaba organizando. El presidente de Vila & Hnos., el Sr. Raúl Vila, a través del Sr.Emérito González--vendedor de Kane Caribbean, Inc., empresa dedicada a la venta de maquinaria industrial--entró en negociaciones para suplir esa materia a O.I.P.R.2  El señor Vila estaba en trámites para comprar la cantera Vega Baja, empresa en la que él trabajaba como administrador de obra, para suplir las necesidades de O.I.P.R. Para comprar esta cantera Vila solicitó el 31 de octubre de 1974 unpréstamo de trescientos mil dólares ($300,000) al Banco Popular de Puerto Rico. Este préstamo le fue negado el 14 de noviembre de 1974. Debido a la negativa del Banco Popular, el señor Sommerville trató de ayudar personalmente al señor Vila a conseguir el préstamo indicado con directores del Banco Popular, del Chase Manhattan  [P828] Bank y del Banco de Fomento Industrial. Estas diligencias...
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