Ractificacion de partida de area
y medidas perimétricas
Cuando sea necesario determinar el área, linderos y/o medidas perimétricas de un inmueble, o cuando existan discrepancias entre éstas ylas que aparecen en la correspondiente partida registral, es posible recurrir ante el Notario para obtener su rectificación de la siguiente manera:
Mediante Escritura Pública suscrita por elpropietario del predio y los propietarios de todos los predios colindantes en la que estos últimos manifiesten su conformidad con el área, medidas perimétricas y/o linderos, según corresponda.
Medianteprocedimiento notarial que se tramitará con los siguientes requisitos:
• Solicitud firmada por el interesado y autorizada por abogado.
• Plano perimétrico conforme al área, linderos y medidas queconstan en el Registro de Predios.
• Plano de ubicación, de localización y perimétrico y memoria descriptiva del inmueble que reflejen situación real del predio, firmados por ingeniero o arquitectocolegiados y visados por el municipio o autoridad administrativa correspondiente.
• Copia literal del inmueble expedida por los Registros Públicos.
Cuando el área real del inmueble es superior ala que aparece registrada, procederá éste trámite siempre y cuando exista certificación registral de que tal mayor área no se superpone a otra registrada.
Presentada la solicitud ésta se anotapreventivamente en el Registro de Predios y se publica un aviso por tres días con un extracto de la misma en el Diario Oficial "El Peruano" y en otro de mayor circulación, con intervalo de tres díasútiles entre cada uno de ellos, notificándose a(l) titular(es) registral(es) y colindante(s).
El Notario realiza una constatación del inmueble para verificar el área, linderos y medidas perimétricas.Transcurridos veinticinco días útiles luego de la última publicación sin que medie oposición el Notario extiende la Escritura Pública respectiva y remite partes al Registro de Predios para su...
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