Rasda
EL REGISTRO DE ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE DEGRADAR EL AMBIENTE consiste en la inscripción ante el ente regulador Ministerio del Popular para el Ambiente (MinAmb)de toda empresaque pretenda realizar dichas actividades.
❖ En cumplimiento del artículo 65 Ley sobre Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos (G.O. N° 5.554 Extraordinaria del 13/11/01), toda persona naturalo jurídica, pública o privada que pretenda realizar actividades de uso, manejo o generación de sustancias, materiales y desechos peligrosos, deberán inscribirse antes del inicio de sus actividades,en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente (RASDA), llevado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN).
❖ La Inscripción en el RASDA de los Generadoresse realizara ante la Dirección Estadal Ambiental del MARN de acuerdo a la ubicación Geográfica donde pretenda realizarse la actividad, la cual se hará una sola vez; en caso de cambio en el objetoimplementación de nuevas tecnologías o modificación de la actividad, los interesados deben consignar esta información ante el MARN para actualizar el Registro.
Ley Sobre Sustancias, Materiales YDesechos Peligrosos. Ley N° 55,
Artículo 65. Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretendan realizar actividades de uso, manejo o generación de sustancias, materiales y desechospeligrosos deberán inscribirse, antes del inicio de sus actividades, en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente llevado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.Cuando se trate de sustancias, materiales o desechos radiactivos y equipos generadores de radiaciones ionizantes, deberán inscribirse en los registros de los Ministerios de Energía y Minas o de Saludy Desarrollo Social, según sea el caso.
Artículo 66. Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretendan recuperar materiales peligrosos o manejar desechos peligrosos...
Regístrate para leer el documento completo.