Rc Y Dano Moral

Páginas: 5 (1018 palabras) Publicado: 3 de octubre de 2012
Registro No. 172481
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXV, Mayo de 2007
Página: 2111
Tesis: I.6o.C.415 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
LEGITIMACIÓN PASIVA. EXISTE POR PARTE DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA PARA RESPONDER EN UN JUICIO PROMOVIDO POR QUIEN NO FUE PARTE EN EL CONTRATO DE SEGURO, PERORESULTA AFECTADO POR UN SINIESTRO, SI LA PÓLIZA CUBRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DAÑOS A TERCEROS.
En el contrato de seguro, por lo general, la relación jurídica se entabla entre el asegurado y la empresa aseguradora; sin embargo, cuando se trata de un seguro mixto, que cubre diversos riesgos, entre los que se encuentra el de responsabilidad civil, aparece una persona más, que es eltercero, quien si bien no es parte en el contrato de seguro, al verificarse el siniestro, adquiere un derecho propio respecto del asegurador, para percibir "directamente" de este último, la indemnización convenida, por así establecerlo el artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, sin perjuicio de que pueda ser indemnizado, en todo o en parte, por el propio asegurado, conforme lo prevéel artículo 149 de la misma ley, de donde se desprende que si se rehusan a pagarle, el tercero beneficiario puede accionar ya sea en contra del asegurado, o bien, de la empresa aseguradora, sin que esta última pueda alegar falta de legitimación pasiva, pues su carácter para ser demandada deriva, de la obligación que asumió con motivo del contrato de seguro, con cobertura de responsabilidad civil,daños a terceros, que se caracteriza por la responsabilidad que adquiere, de "indemnizar directamente" al tercero, por los daños ocasionados por su asegurado, sólo hasta el monto que se haya pactado en la póliza respectiva.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 98/2007. Maribel Jazmín Díaz Fuentes. 14 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: ManuelSuárez Fragoso. Secretaria: María Guadalupe Bacilio Mendoza.
Registro No. 164194
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXII, Julio de 2010
Página: 2103
Tesis: I.3o.C.822 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
VALOR ASEGURADO EN EL SEGURO CONTRA LA RESPONSABILIDAD CIVIL. SU DETERMINACIÓN Y LÍMITE ENRELACIÓN AL TERCERO DAÑADO.
El artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro dispone que el seguro contra la responsabilidad atribuye el derecho a la indemnización directamente al tercero dañado, quien se considera como beneficiario del seguro desde el momento del siniestro. Esta disposición atribuye una acción directa al tercero dañado para exigir a la aseguradora la indemnizacióncorrespondiente hasta el límite de la suma y el valor real asegurado. Sin embargo, esta subrogación no significa que el tercero se sustituya al asegurado en calidad de parte del contrato de seguro y se encuentre obligado a cumplirlo en sus términos, ya que constituye un derecho del asegurado que la empresa de seguros lo deje indemne en su patrimonio cuando provoque un daño a un tercero y que le resulte undébito en su persona. En el caso de los seguros contra la responsabilidad civil en los bienes, el valor asegurado no se puede identificar con lo que las partes fijaron en el contrato de seguro para el caso de la pérdida total de un vehículo del asegurado, o beneficiario original. Es decir, en esa clase de seguro el valor asegurado es aquel equivalente al débito a cargo de la persona asegurada queprovocó el daño y que afecta su patrimonio, de donde le surge la obligación de restablecer las cosas a la situación anterior, si es posible, o al pago de daños y perjuicios; de ahí que si la obligación de la empresa de seguros es dejar indemne a su asegurada, esto es, que ese evento dañoso que le es atribuible no le afecte su patrimonio al reflejarse como un pasivo, debe satisfacer ese daño al...
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