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-Determinar y clasificar los puertos e instalaciones marítimas que sean competencia estatal.
-Regular la planificación, construcción, organización, gestión, régimen económico y policía.
- Regular la prestación de servicios en dichos puertos, así como su utilización.
- Establecer el marco normativo de la marina mercante.
- Determinar laorganización portuaria estatal.
- Regular la Administración propia de la marina mercante y la organización portuaria estatal.
- Establecer el régimen de infracciones y sanciones.
Puertos e instalaciones marítimas
Puerto marítimo es el conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e instalaciones que reúna condiciones que permitan la realización de operaciones de tráfico portuario, y seaautorizado para el desarrollo de estas actividades por la Administración competente.
Deberán disponer de las siguientes condiciones físicas y de organización:
a) Superficie de agua no inferior a media hectárea, con condiciones de abrigo y de profundidad adecuadas para los buques y para las operaciones de tráfico marítimo.
b) Zonas de fondeo, muelles o instalaciones de atraque, que permitan laaproximación y amarre de los buques para realizar sus operaciones o permanecer fondeados, amarrados o atracados en condiciones de seguridad.
c) Espacios para el depósito y almacenamiento de mercancías o enseres.
d) Infraestructuras terrestres y accesos adecuados con las principales redes de transporte.
e) Medios y organización que permitan trabajar en condiciones adecuadas de eficacia,rapidez, economía y seguridad.
Los puertos marítimos pueden ser comerciales o no comerciales.
Pueden ser considerados de interés general en atención a la relevancia de su función en el conjunto del sistema portuario español.
Son instalaciones portuarias las obras civiles de infraestructura y las de edificación o superestructura, así como las instalaciones mecánicas y redes técnicas de serviciodestinadas a realizar o facilitar el tráfico portuario.
Son puertos comerciales los que reúnen condiciones técnicas, de seguridad y de control administrativo para que en ellos se realicen actividades comerciales portuarias, entendiendo por tales las operaciones de estiba, desestiba, carga, descarga, transbordo y almacenamiento de mercancías de cualquier tipo, en volumen o forma de presentaciónque justifiquen la utilización de medios mecánicos o instalaciones especializadas.
No son puertos comerciales, a los efectos de esta Ley:
a) Los puertos pesqueros.
b) Los destinados a proporcionar abrigo suficiente a las embarcaciones en caso de temporal.
c) Las operaciones exclusiva o principalmente de embarcaciones deportivas o de recreo.
d) Aquellos en los que se exista unacombinación de los apartados anteriores.
Son instalaciones marítimas los embarcaderos marítimos, las instalaciones de varada y de reparación naval y otras obras o instalaciones similares que, ocupando espacios de dominio público marítimo-terrestre no incluidos en las zonas de servicio de los puertos, se destinen al transbordo de mercancías, pasajeros o pesca siempre que no cumplan con los requisitosestablecidos en los artículos anteriores para ser considerados como puertos marítimos y que en la fecha de entrada en vigor de esta Ley no sean de competencia de las Comunidades Autónomas.
Su construcción, autorización. Gestión y policía se sujetarán al régimen de utilización del dominio público marítimo-terrestre establecido en la normativa de costas.
Puertos de interés general.
1. Son...
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