Re 1267 2012 Sc1 INDECOPI

Páginas: 35 (8544 palabras) Publicado: 29 de julio de 2015
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1267-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 005-2010/CEB-INDECOPI-PIU

PROCEDENCIA

:

DENUNCIANTE

:

DENUNCIADO
MATERIA

:
:

ACTIVIDAD

:

COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI PIURA
SINDICATO
ÚNICO
DE
TRABAJADORES
MOTOCICLISTAS REGIÓN PIURA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURABARRERAS BUROCRÁTICAS
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL

SUMILLA: Se CONFIRMA la Resolución 049-2012/INDECOPI-PIU del 25 de
enero de 2012 que declaró IMPROCEDENTE la denuncia interpuesta por el
Sindicato Único de Trabajadores Motociclistas Región Piura en todos sus
extremos, modificando sus fundamentos.
La razón es que la actividad económica que los denunciantes aleganprestar,
esto es, el servicio de transporte de pasajeros en motocicletas (vehículos
menores con dos ruedas) no se encuentra permitida en el ordenamiento
jurídico, de acuerdo a lo dispuesto en Ley 27189, Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores y su Reglamento. Por tanto, no
les resulta aplicable el régimen de eliminación de barreras burocráticas a
cargo del Indecopi, alamparo de lo dispuesto en el artículo 26BIS del
Decreto Ley 25868 y el artículo 2 de la Ley 28996.
Esta Sala deja constancia que, en caso el Sindicato desee cuestionar la Ley
27189, que dispone que el servicio de transporte de pasajeros en vehículos
menores únicamente puede ser prestado en unidades de tres (3) ruedas,
excluyendo así a las motocicletas, deberá hacerlo a través de un proceso deinconstitucionalidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 200 inciso 4 de la
Constitución de 1993.
Lima, 30 de mayo de 2012
I

ANTECEDENTES

1.

El 14 de octubre de 20101, el Sindicato Único de Trabajadores Motociclistas
Región Piura (en adelante, el Sindicato) interpuso una denuncia contra la
Municipalidad Provincial de Piura (en adelante, la Municipalidad) ante la
Comisión de la Oficina Regionaldel Indecopi de Piura (en adelante, la
Comisión) por la imposición de presuntas barreras burocráticas ilegales y/o

1

Complementado con el escrito del 20 de diciembre de 2010.

M-SC1-02/1A

TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 1
RESOLUCIÓN 1267-2012/SC1-INDECOPI
EXPEDIENTE 005-2010/CEB-INDECOPI-PIU

carentes de razonabilidadcontenidas en las Ordenanzas 033-2004-C/CPP2
del 15 de octubre de 2004 y 012-2007-C/CPP3 del 5 de mayo de 2007.
2.

2

En su denuncia el Sindicato señaló, entre otros argumentos, los siguientes:
(i)

La Ordenanza 033-2004-C/CPP prohíbe el uso de la vía pública para el
estacionamiento de motocicletas4 como paradero para el servicio
público de pasajeros. Dicha ordenanza establece que la realización delas conductas antes mencionadas serán sancionadas con una multa
ascendente a 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), así como el
internamiento del vehículo.

(ii)

La Ordenanza 012-2007-C/CPP prohíbe el ingreso, circulación y/o
estacionamientos de motocicletas (moto lineal) en las vías del interior
del anillo vial comprendido por las siguientes calles y avenidas: Jr.
Lambayeque, Av.Bolognesi, Av. Sullana y Jirón Marañón5. Asimismo
dispone que la realización de dicha infracción se encuentra sujeta al
pago del 30% de la UIT y como medida complementaria dispone la
retención de la licencia de conducir y el internamiento del vehículo.

(iii)

Si bien la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades establece que
los Gobiernos Regionales pueden regular y controlar el transporte
público depersonas en el ámbito de su jurisdicción, dicha norma no
faculta a la Municipalidad a crear nuevas infracciones de tránsito.

La Ordenanza 033-2004-C/CPP establece lo siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el articulo primero de la Ordenanza Municipal Nº 012-2004-C/CPP de fecha 10 de
mayo de 2004 debiendo quedar redactado de la manera siguiente:
“ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR
a) El servicio de...
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